Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 14 de Noviembre de 2013, expediente 81279/2012

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2013
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:81279/2012

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N: 126435EXPEDIENTE N:81279/12

SALA III

AUTOS: “F.J.R. c/ ANSES Y OTRO s/ AMPAROS Y SUMARISIMOS”.-

BUENOS AIRES,14 de noviembre de 2013

EL DR. NESTOR A. FASCIOLO DIJO:

Contra la sentencia del Juzgado Federal de Rìo Cuarto, Provincia de Còrdoba, que recayó en la acción de amparo interpuesta, se dirige el recurso de apelación de la accionada.

Dejando a salvo la opinión personal del suscripto a favor de la competencia de la Cámara en base al principio de especialidad en la materia, por razones de celeridad y economía procesal me he de pronunciar por la aplicación al caso de la doctrina invariablemente sostenida por al C.S.J.N. a partir del fallo dictado el 10.12.11 in re “M., R.F. c/ANSeS y otro s/amparos", visto la analogía existente entre ambos procesos.

No empece a lo expuesto, por el momento, la creación de la “Cámara Federal y Nacional de Casación del Trabajo y de la Seguridad Social” a que se refiere el art. 1 de la ley 26853 (B.O.

17.05.2013), en atención a lo dispuesto por el Tribunal Cimero mediante Acordada 23/13 (del 14.8.13,

B.O. 15.8.2013), por la que declaró “que la operatividad de los recursos procesales que contempla la ley 26.853 se halla supeditada a la instalación y funcionamiento de las cámaras federales y nacionales que crea”, e hizo saber “ que oportunamente el Tribunal dictará las medidas conducentes para llevar a cabo la puesta en funcionamiento, instalación y habilitación de los nuevos tribunales que trata la presente”.

Por lo expuesto y oído lo opinado por el Ministerio Público a fs. 41/44 (dictamen nro.35021 del 13.9.13 de la F.G. 1), corresponde declarar la incompetencia de esta Cámara para conocer del caso y devolver las actuaciones al juzgado de origen a sus efectos...

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