Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL, 7 de Diciembre de 2016, expediente CCC 020146/2015/TO01

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 20146/2015/TO1 Fundamentos del veredicto dictado con fecha 29 de noviembre de 2016 en la

causa nº 4596 seguida a C. A. A. y BEATRIZ

EVANGELINA ALVARADO FERNÁNDEZ por el delito de robo en grado de

tentativa.

RESULTA:

I. Por requisitoria de elevación a juicio de fs. 160/163, la

Sra. Fiscal ante la Instrucción imputó a C. y Beatriz Evangelina

Alvarado Fernández “…HABER INTENTADO SUSTRAER EL TELÉFONO

CELULAR MARCA “Samsung” modelo GT 5510, de color negro, que tenía en su

poder la menor C. –de 17 años de edad, lo que ocurrió el día

9 de abril del año 2015, promediando las 10 horas, en el interior de la plaza

Grande de Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

En efecto el día en cuestión, a la hora señalada, la

damnificada se encontraba estudiando, sentada en un banco de la referida plaza,

cuando se le acercó la imputada A., con la presunta intención

de venderle algunos objetos, retirándose luego de que la menor le dijera que no

iba a comprar nada.

Acto seguido se presentó A., quien se sentó en el mismo

banco que C., intentando entablar con ésta una conversación, regresando

instantes después A. F., quien, sin mediar palabra, comenzó a

insultar a la damnificada, refiriéndole: “que haces con mi marido”, para luego

tomarla de los cabellos y propinarle golpes de puños, siendo que al caer la

víctima al suelo le propinó un puntapié a la altura de la espalda, mientras

intentaba apoderarse ilegítimamente del teléfono celular que tenía en una de sus

manos.

Sin embargo ello fue observado por la Cabo 1º Nora Mabel

Dlapa y los agentes Maximiliano Correa y V., integrantes del grupo

operativo “C” de prevención barrial de la Policía Federal Argentina, quienes

Fecha de firma: 07/12/2016 Firmado por: P.M.L., JUEZ Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado por: A.N.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L., SECRETARIO #27067140#168603781#20161226151206653 inmediatamente se dirigieron hasta el escenario del delito, cesando su agresión

  1. al percatarse de la presencia de éstos.

    En ese contexto, los preventores entrevistaron a la menor y

    mientras éstas les relataban lo sucedido, la imputada espontáneamente les refirió:

    esta puta me quiere robar a mi marido, por eso le pegue

    , motivo por el cual se

    procedió a detener a los acusados y a solicitar una ambulancia del SAME, que

    concurrió al lugar a cargo del Dr. M. bellavista, quien examinó a la

    damnificada, diagnosticando politraumatismos y la trasladó para su atención al

    Hospital Ramos Mejía”.

    Calificó el hecho descripto como constitutivo del delito de

    robo en grado de tentativa (Art. 42 y 164 del C.P.).

    1. En su alegato, según surge de la filmación y el audio de fs.

      287, el Sr. Fiscal General, Dr. G. de la Fuente, en síntesis, dijo

      que se imputaba a A. y A. el haber intentado sustraer un celular

      Samsung, GT 5510 negro a la menor C., el día 9 de abril en la

      plaza de constitución de esta ciudad.

      El Sr. A. había prestado declaración indagatoria,

      manifestándose ajeno al hecho y A. lo había hecho ante la instrucción.

      Manifestó que no existían dudas que en la plaza Constitución

      se había sucedido un hecho que había involucrado a A. y a la menor,

      conforme los dichos del Agente Correa. Que había dos mujeres, una de ellas

      menor de edad, que intercambiaron insultos, que la mayor acusaba a la menor de

      estar con su marido y que la menor decía que le habían querido robar el celular.

    2. se pronunció de manera similar, agregando que el

      masculino se habría hecho pasar por vendedor ambulante, que la mujer le había

      sacado el celular a la chica y que el celular estaba en el bolsillo de la mayor. Que

      hubo una secuencia de agresión de la mayor hacia la menor, agarrándola del pelo

      y que la golpeaba.

      Fecha de firma: 07/12/2016 Firmado por: P.M.L., JUEZ Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado por: A.N.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L., SECRETARIO #27067140#168603781#20161226151206653 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 20146/2015/TO1 Dlapa, por su parte, observó como un femenino le pagaba a

      otro mientras un masculino observaba. Que la procesada refería que la

      denunciante le había querido quitar al marido, mientras que la menor decía que

      estaba estudiando, que le habló el masculino y que la mayor la había agredido,

      queriéndole sacar el teléfono celular. La diferencia en el relato, era que el celular

      seguía en poder de la menor de edad, mientras que Correa y V., habían

      afirmado que el celular estaba en poder de la mayor.

      La prueba, se completó con un informe de lesiones del cual

      surgía de un recetario del hospital R., de traumatismo de lado derecho.

      Con relación a C. la prueba era totalmente

      insuficiente para que en esa instancia del proceso, se...

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