El fundamento análogo del derecho

AutorJosé Antonio Barbón Lacambra
CargoProfesor titular de Contratos y Filosofía del Derecho (USAL)
Páginas3-15
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El fundamento análogo del derecho
José Antonio Barbón Lacambra*
RESUMEN
La analogía es una aproximación, una vaga conformidad, una conveniencia bajo
una cierta similitud, y ello nos mueve a buscar dónde está la semejanza. En el
caso de la palabra “derecho”, existe un primer analogado en el cual se da formal o
intrínsecamente la ratio análoga. Este primer analogado es causa (eficiente) de
que se diga de los demás. Siempre la ratio análoga se dice intrínsecamente del
primer analogado o analogante. El analogado principal del término derecho es “lo
justo”, lo que está adecuado a otro según un cierto modo de igualdad. El
analogante se encuentra propiamente en los analogados de atribución intrínseca,
que son los que realmente pueden ser justos. Una norma puede ser justa del
mismo modo en que puede ser injusta y entonces queda sujeta al control de
constitucionalidad; una potestad puede ser ejercida injusta o abusivamente y en
consecuencia ser limitada por los jueces y finalmente una sentencia puede ser
injusta y por ello ser objeto de un recurso de apelación.
ABSTRACT
The analogy is an approximation, a vague compliance, a convenience under a
certain similarity, and it moves us to find where is the similarity. In the case of the
word "Right", there is a first analogue where the analogous ratio is given formal or
intrinsically. This first analogue is (efficient) cause to be told of others. The
analogous ratio is always intrinsically said the first analogue or analogante. The
main analogue of the right term is "just right", which is appropriate to another
according to a certain way of equality. The analogante is properly located in the
intrinsic attribution analogados which are those that can actually be fair. A rule can
be fair in the same way that can be unfair and is then subject to the control of
constitutionality; an authority can be exercised unfairly or abusively and therefore
be limited by the judges, and finally a sentence can be unfair and therefore be
subject to appeal.
PALABRAS CLAVE
Analogía, derecho, filosofía del derecho
KEYWORDS
Analogy, law, philosophy of law
I. ¿Qué es la analogía?
1. Definiciones
Según el Diccionario de la Real Academia Española, que “limpia, fija y da
esplendor” al idioma común que se habla en un determinado lugar y tiempo, los
significados de la palabra analogía” son1:
a) Relación de semejanza entre cosas distintas.
b) Razonamiento basado en la existencia de atributos semejantes en seres o
cosas diferentes.
c) Semejanza entre partes que en diversos organismos tienen una misma
posición relativa y una función parecida, pero un origen diferente.
d) Método por el que una norma jurídica se extiende, por identidad de razón, a
casos no comprendidos en ella.
e) Semejanza formal entre los elementos lingüísticos que desempeñan igual
función o tienen entre sí alguna coincidencia significativa.
f) Creación de nuevas formas lingüísticas, o modificación de las existentes, a
semejanza de otras; p. ej., los pretéritos tuve, estuve, anduve se formaron
por analogía con hube.
* Profesor titular de Contratos y Filosofía del Derecho (USAL)
1http://dle.rae.es/?id=2Vt6TRt
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