FUNDACION BANCO PATRICIOS S/QUIEBRA c/ EL MALECON DEL DIQUE S.A. Y OTROS s/ORDINARIO

Fecha16 Diciembre 2020
Número de expedienteCOM 074004/2003/CA005

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 74004 / 2003

FUNDACION BANCO PATRICIOS S/QUIEBRA c/ EL MALECON DEL

DIQUE S.A. Y OTROS s/ORDINARIO

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2020.-

Y VISTOS:

Es criterio de esta S., en su actual composición, que cuando el juicio concluye por conciliación o transacción, el monto del proceso a los efectos arancelarios es el que emerge del respectivo acuerdo conciliatorio o transacción,

monto que resulta aplicable no solo a los profesionales que participaron en su celebración, sino también, en principio, a aquellos que no intervinieron en él, salvo que se invocare o -eventualmente-, demostrare que medió dolo o fraude tendiente a perjudicar a éstos últimos.

Esto es así toda vez que de acuerdo con el art. 19, L.A. se considera monto del proceso a los fines arancelarios “...a la suma que resultare de la sentencia o transacción...”, circunstancia que hace que no pueda soslayarse el importe que resulta del acuerdo conciliatorio al que arribaron las partes, como en la especie, y cuando, además, el art. 6 de la misma ley arancelaria contempla, dentro de las pautas a tener en cuenta a los fines de fijar los honorarios de los profesionales intervinientes,

la “...probabilidad de efectiva satisfacción de la pretensión reclamada...” (inciso c.,

texto según ley 24.432).

Y si bien es cierto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR