Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 26 de Mayo de 2017, expediente FRO 021003656/2007/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 26 de mayo de 2017.-
Visto, en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº
FRO 21003656/2007, caratulado: "FRISSON, EDGARDO c/ ESTADO NACIONAL s/ VARIOS” del Juzgado Federal Nº 2 de Rosario, Secretaría A, del que resulta que:
Vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por el actor en subsidio de la revocatoria (fs. 189/190vta.), contra la resolución de fecha 25 de septiembre de 2015, que rechazó
la impugnación de planilla deducida por el actor y aprobó en cuanto por derecho hubiere lugar la planilla de liquidación practicada por la demandada a fs. 175/176, con costas por su orden (fs. 187/188).
Concedido el recurso y ordenado el traslado (fs.
191), la accionada contestó los agravios (fs. 195/197).
Elevadas las actuaciones y firme el decreto que ordenó el pase al acuerdo (fs. 203), quedaron los autos en condiciones de ser resueltos.
El recurrente se agravió de la resolución en cuanto rechazó la impugnación de la planilla por incompleta.
Expuso que el ajuste de los haberes en actividad tiene como consecuencia legal el ajuste de los haberes de retiro. Agregó
que de la lectura de la planilla, surge que se le retuvieron los porcentuales previsionales sobre el retroactivo (ver fs.
176), para destinarlos luego a la Caja de Retiro, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina para engrosar los haberes del actor. En ese sentido, efectuó el interrogante respecto de si el Estado –en cuanto a la Caja refiere- le va a restituir o no al actor las sumas en cuestión.
Para el caso de que no se hiciera lugar al recurso efectuó reserva de derechos.
Fecha de firma: 26/05/2017 Alta en sistema: 29/05/2017 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.S.G., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: E.P., SECRETARIA DE CAMARA #2795076#179554238#20170526095013372 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Y Considerando:
1- Conforme surge de las constancias de autos, en fecha 05 de junio de 2007 el señor F. inició demanda contra el Estado Nacional – PFA –en lo que aquí interesa- a fin de que se proceda a incorporar al rubro sueldo con carácter remunerativo y bonificable el suplemento establecido por el Decreto 2744/93, modificado por los Decretos 1255/05 y 1126/06 (fs. 20/28).
2- La juez a quo hizo lugar a la demanda interpuesta y ordenó “…la incorporación en su haber mensual de actividad de los...
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