Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 12 de Noviembre de 2019, expediente FSA 007678/2013/CA001

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 7678/2013/CA1 Salta, 12 de noviembre de 2019.

Y VISTA:

Esta causa nro. FSA 7678/2013/CA1 caratulada: “FRIAS, R.J.J.S.ÓN LEY 23.737”, procedente del Juzgado Federal de Orán, y RESULTANDO:

1) Que se elevan las actuaciones de referencia a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el F. Federal en contra del auto de fs.

114/116 por el que se dispuso sobreseer a R.J.J.F. por el delito de tenencia de estupefacientes (art. 14 de la ley 23.737).

2) Que la presente causa se inició el 30/09/13 cuando personal perteneciente a la División Drogas peligrosas de la Provincia de Salta, realizaba tareas en B° Primavera de la localidad de Orán, circunstancia en la que una persona de sexo masculino -quien no quiso identificarse por temor a sufrir represalias- los alertó de que en la emisora de “Radio Noticia” sita en calle Pueyrredón y Laprida, se encontraba un hombre vestido con pantalón de jean color negro y campera azul con gris en una motocicleta comercializando estupefacientes.

Como consecuencia de ello, se apersonaron al lugar el cabo I. y el agente M., quienes observaron, a hs.

00:10 aproximadamente, que un individuo con las características descriptas se retiró de la radio, dirigiéndose hacia una motocicleta color azul 100 cc en compañía de un niño. Seguidamente, arribó

personal del sistema de Emergencia 911 poniéndose en contacto con Fecha de firma: 12/11/2019 Alta en sistema: 14/11/2019 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #15648243#249697698#20191114100649944 el sujeto en cuestión. Frente a dicha situación, los preventores con la participación de los testigos civiles (M.C.G. y W.R.G.) identificaron al causante como R.J.F..

Luego, al realizar una requisa sobre la motocicleta, secuestraron en la parte delantera de la carcasa una bolsa blanca con 33 envoltorios de plástico color negro, 14 envoltorios verdes y 17 transparentes que en su interior contenían una sustancia blanquecina, que reaccionó

positivamente a la presencia de cocaína con un peso total de 9,27 gramos. De todo lo actuado se puso en conocimiento al Juzgado Federal de Orán, quien a través de su secretario ordenó el secuestro de la sustancia y de la motocicleta y la formación de la causa por infracción a la ley 23.737- (cfr. acta de procedimiento de fs. 1/4, prueba de orientación narco test de fs. 05/07)

  1. a) Que citado en los términos del art. 294 del C.P.P.N. F. manifestó que ese día había concurrido junto a su hijo a dar un reportaje a la radio y que cuando se estaba por retirar del lugar divisó dos personas en cercanía a su motocicleta, que al subirse a la misma y arrancar estas personas lo siguieron por lo que decidió

llamar al 911, ya que había recibido amenazas con anterioridad (cfr.

fs. 44/47).

Adujo que una vez presente los policías, los dos sospechosos manifestaron ser personal de “Drogas Peligrosas” y que habían recibido una denuncia anónima de que tenía estupefacientes, por lo que autorizó la revisión, extrayendo estos de la carcasa cerca del arranque -una parte físicamente inaccesible para él-

droga y dinero que desconocía.

Fecha de firma: 12/11/2019 Alta en sistema: 14/11/2019 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #15648243#249697698#20191114100649944 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 7678/2013/CA1 2.b) Que a fs. 91/92 W.R.G., testigo civil del procedimiento, manifestó que existen falacias en el acta de procedimiento con relación al horario...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR