FRENTE DE TODOS

Fecha de publicación23 Julio 2021
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
EmisorFRENTE DE TODOS
El Juzgado Federal de Primera Instancia con competencia Electoral de la provincia de La Rioja, a cargo del Doctor Daniel Herrera Piedrabuena, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 63 Ley 23.215 y por plazo de un (1) día que: el día 20 del mes de Julio del corriente año, se ha dictado la sentencia de reconocimiento de alianza electoral de la alianza “FRENTE DE TODOS”, en los autos caratulados “FRENTE DE TODOS S/ RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL” – Expte. CNE 4359/2021, la cual se transcribe a continuación: LA RIOJA, 20 de julio de 2021. Y VISTO: Estos autos caratulados: “FRENTE DE TODOS S/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL”, Expte. Nº CNE 4359/2021, del registro de esta Secretaría Electoral y; RESULTA: 1) Que a fs. 5/11 se presentan las apoderadas de la Alianza de Orden Distrital “Frente de Todos”, Dra. Sandra Inés Vanni y Dra. Andrea Melina Brizuela, a fin de iniciar el trámite tendiente a la obtención de la personería jurídico-política de su representada, en los términos del art. 10 de la Ley 23.298 a los fines de participar en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias y en las Elecciones Generales convocadas para los días 12 de septiembre y 14 de noviembre del corriente año. 2) Que, en la referida presentación las/os apoderadas/os de la entidad de autos acompañan: Acta constitutiva de la Alianza Electoral de Distrito obrante a fs. 5/11, donde consta el nombre adoptado, los partidos que la integran, la reserva de colores de las boletas, las autoridades de la Alianza y la Junta Electoral, el domicilio legal, la plataforma electoral, el reglamento electoral; símbolos, logotipos, emblemas y leyendas partidarias registradas ante la justicia electoral nacional, distribución de aportes, nuevas incorporaciones, la designación de apoderados y de los responsables económicos – financieros, político de campaña, técnicos, tecnológicos y acuerdos de adhesión de boletas. 3) Que, asimismo, acompañan entre otras la siguiente documentación: Plataforma Electoral (fs. 11 vta. /24 vta.), Bases de Acción Política (fs. 25 y vta.), Reglamento Electoral (fs. 26/29), y Actas Acuerdos de aprobación de Alianza de los partidos políticos parte (fs. 29vta./38vta. y fs. 40). 4) Que manifiestan que la alianza “FRENTE DE TODOS” la integran los partidos “Partido Justicialista”, “Frente del Pueblo”, “Partido Fe”, “Demócrata Cristiano”, “Lealtad y Dignidad” y “Compromiso Federal”, con personería jurídico-política de Distrito. 5) Que a fs. 6 y fs...

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