FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD

Fecha de publicación26 Julio 2021
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
EmisorFRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD
El Juzgado Federal de Primera Instancia con competencia Electoral de la provincia de La Rioja, a cargo del Doctor Daniel Herrera Piedrabuena, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 63 Ley 23.215 y por plazo de un (1) día que: el día 20 del mes de Julio del corriente año, se ha dictado la sentencia de reconocimiento de alianza electoral de la alianza “FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES- UNIDAD”, en los autos caratulados “FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD S/ RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL” – Expte. CNE 4733/2021, la cual se transcribe a continuación: LA RIOJA, 20 de julio de 2021. Y VISTO: Estos autos caratulados: “FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD S/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL”, Expte. Nº CNE 4733/2021, del registro de esta Secretaría Electoral y; RESULTA: 1) Que a fs. 20 se presentan los apoderados de la Alianza de Orden Distrital “Frente de Izquierda y de Trabajadores - Unidad”, Sra. Ana Carolina del Carmen Goycochea y el Sr. Andrés Martín Fuentes Vega, a fin de iniciar el trámite tendiente a la obtención de la personería jurídico-política de su representada, en los términos del art. 10 de la Ley 23.298, a los fines de participar en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias y en las Elecciones Generales convocadas para los días 12 de septiembre y 14 de noviembre del corriente año. 2) Que, en la referida presentación las/os apoderadas/os de la entidad de autos acompañan: protocolo para la celebración de reuniones por medios virtuales o remotos de la alianza y la junta electoral (fs. 3); aceptación de cargo de responsables económicos-financieros (fs. 4/5); logotipo (fs. 6); acuerdo de distribución de fondos (fs. 07/08); reglamento electoral (fs. 9/11vta.); plataforma electoral, declaración de principios y bases de acción política (12/14vta.); acta constitutiva de la alianza y nombre adoptado (fs. 15/16); reserva de color Rojo 032 U Pantone (fs. 15); constitución de domicilio físico y electrónicos (fs. 15vta.); junta electoral (fs. 15vta. y 28); designación de responsable técnico titular y suplente, y designación de responsable tecnológico titular y suplente (fs. 16); y actas de los partidos integrantes de la alianza, donde consta la aprobación de los órganos partidarios (fs. 17/19vta). 3) Que manifiestan que la alianza “FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD” la integran los partidos “Izquierda por una Opción Socialista” y “Nueva Izquierda”, con personería...

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