Franco Vicente C/duran Gabriel Martin y Otro S/cobro de Medianeria

Fecha de disposición03 Junio 2009
Fecha de publicación03 Junio 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31666
  1. Edictos Judiciales NUEVAS 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS JUZGADO DE 1A INSTANCIA EN LO COMERCIAL NRO. 8

SECRETARIA 15

El Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial Nº 8 del Dr. Javier Cosentino, Secretaría Nº 15, con sede en Libertad 533, Planta Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita al Sr.

Raúl Eduardo Finquelstein, DNI Nº 10.166.780 para que dentro del plazo de veintitrés días de la última publicación comparezca por sí o por intermedio de apoderado a estar en derecho y constituir domicilio en los autos 'Griensu S.A.

c/Finquelstein, Raúl Eduardo s/Ordinario' bajo apercibimiento de pasar las actuaciones a la Defensoría Oficial para que lo represente en lo sucesivo. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial.

En Buenos Aires, 4 de mayo de 2009.

Adriana Milovich, secretaria.

e. 03/06/2009 Nº 46140/09 v. 04/06/2009 CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V Por dos días: la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a cargo de los Dres. Pablo Gallegos Fedriani,

Jorge Eduardo Morán y Jorge Federico Alemany;

Mariano Beltran Toa, Mariana Beatriz S/Quiebra', expte N° 100.051, comunica por cinco días que con fecha 13 de Mayo de 2009, se ha decretado la quiebra de 'Mariana Beatriz Mazza', Cuit 2723.704.739-2, con domicilio en Palestina 1189,

Piso 4°, '9', de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designándose Sindico al C.P. José María Fernández Alonso, con domicilio constituido en la calle Estados Unidos 2552, 6° 'A', de Capital Federal, Tel 4941-9034, fijándose plazo para que los acreedores concurran a verificar sus créditos hasta el día 28 de Agosto de 2009 y los informes de los arts. 35 y 39 LCQ deberán presentarse los días 9 de Octubre de 2009, y 23 de Noviembre de 2009, respectivamente.- Asimismo se intima a la fallida y a los terceros para que entreguen al Sindico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de efectuar pagos a la fallida bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces.- Intímase a la fallida a fin de que en el plazo de 48 horas, desde la última publicación de edictos, constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado y que cumpla en lo pertinente con los requisitos del art.

86 y 106 de la ley 24.522.

Buenos Aires, 27 de...

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