Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 21 de Marzo de 2023, expediente COM 018102/2021/CA002
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2023 |
Emisor | Camara Civil - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B
18102/2021
FRANCO, N.M. c/ DIA ARGENTINA S.A. s/
EJECUCION
Buenos Aires, de marzo de 2023.- FT
AUTOS Y VISTOS:
I.V. los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación opuesto contra la decisión del 28/11/22, que rechazó la solicitud formulada por la Dra. Franco el 25/11/22 -y su antecedente del 22/11/22-
toda vez que con fecha 11/07/22 se le regularon honorarios a la peticionante por la ejecución de sus honorarios de mediación
.
La recurrente sostiene un yerro en cabeza del a quo, por cuanto sostiene que “no regula por la nueva ejecución de honorarios regulados el 11.07.2022, recurridos y elevados por auto del Superior de fecha 29.08.2022”.
-
Asiste razón a la apelante.
En efecto, de los antecedentes de autos (v. digitalizaciones de fecha 13/09/22, 27/09/22, 11/10/22, 18/10/22, 24/10/22, 08/11/22, 10/11/22,
22/11/22 y 25/11/22) se desprende que una vez vencido el término para el pago, la beneficiaria de los estipendios confirmados el día 28/08/22
promovió oportunamente la acción de cobro conforme las pautas contempladas en el art. 54 del Arancel; circunstancia que condujo a la ampliación del embargo ya decretado con anterioridad por el Juez de grado,
y a la posterior actividad tendiente a la percepción de las sumas reguladas y firmes, todo ello frente a una evidente reticencia de la obligada al pago.
En consecuencia, SE
RESUELVE:
Revocar lo decidido con fecha 28/11/22; las costas de Alzada se distribuyen en el orden causado toda vez que no ha mediado oposición frente al planteo.
D..-
4
5
6
Fecha de firma: 21/03/2023
Firmado por: C.R.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.F.M., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.P., JUEZ DE CAMARA
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba