Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 29 de Diciembre de 2021, expediente CCF 002082/2018/CA001

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 2082/2018 “F., G.D. y Otros c/ Edesur S.A. s/daños y perjuicios” Juzgado n° 1 Secretaria n° 1

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2021.-

AUTOS Y VISTOS:

Contra los honorarios regulados en la sentencia de fs.

342/348, se presentaron los siguientes recursos: -por altos: 1°) a fs.

349, Edesur S.A.; -por bajos: 2°) a fs. 351, el doctor S.R.C.C.; 3°) a fs. 355, la mediadora, doctora V.Y.S..

Teniendo en cuenta el mérito, la eficacia y extensión de los trabajos realizados, las etapas cumplidas y el monto que da cuenta la liquidación aprobada a fs. 360 por $ 135.102,02, se confirman los honorarios regulados al doctor S.R.C.C. (arts. 16, 20, 21, 29, 51 y 58 de la ley 27.423).

En atención a lo establecido en el decreto 1467/2011,

modificad por el decreto 2536/2015 y escala del decreto 564/2021, se fijan los honorarios de la doctora V.Y.S. a 9 UHOM

–equivalentes a 9.900-.

R., notifíquese, publíquese y devuélvase.

R.G.R.G.A.A.F.A.U.F. de firma: 29/12/2021

Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

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