2360 - Franco Areco, Alejandro S/ Ejecucion Penal - Notifica a Alejandro Franco Areco

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición22 de Abril de 2008

Por ello, en acuerdo de mayoría, con la disidencia de la Dra. Puyó,SE RESUELVE:1- Condenar a Raúl Osmar Morales (DNI Nº 14.390.662, cuyas demás condiciones personales figuran en el exordio, a la pena de tres años de prisión como autor del delito de transporte de estupefacientes en grado de tentativa (artículos 5º, inciso c) de la ley 23.737, 42 y 44 del Código Penal), cuya ejecución se deja en suspenso bajo el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta: 1a ) Fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato; 2a ) Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas y 3a ) Continuar los estudios que realizaba hasta su detención. Se le imponen, además, multa de doscientos cincuenta pesos ($ 250) y la obligación de satisfacer las costas del proceso (artículos 29, inciso 3º del Código Penal, 530 y 531 del C.P.P.N).2- Ordenar el decomiso y destrucción por incineración de las muestras remanentes del estupefaciente secuestrado y la devolución de los efectos personales del causante documentados en el acta de fs. 1/2.3- En razón de la modalidad de ejecución de la pena dispuesta en el apartado 1º, por Secretaría se labrará un acta en la que conste el domicilio que fije el causante, la comunicación de las obligaciones que se le imponen y su compromiso de acatarlas. Cumplido este recaudo, líbrese oficio al establecimiento de detención ordenando su inmediata libertad en la presente causa.4- Consentido o ejecutoriado que fuere este fallo, comuníquese lo dispuesto al Registro Nacional de Reincidencia. Regístrese y notifíquese. -RUBEN DAVID QUIÑONES, Juez de Cámara. -ANA MARIA PUYO, Juez de Cámara, Subrogante. -- ALFREDO F. GARCIA WENK, Juez de Cámara. CARLOS LUIS PERALTA, Secretario de Cámara, Tribunal Oral en lo Criminal Federal.COMPUTO DE PENA:Del condenado RAUL OSMAR MORALES, argentino, D.N.I. Nº 14.390.662, que practico conforme a lo ordenado en la presente causa Nº 2.165 caratulada: 'MORALES, RAUL OSMAR S/INFRACCION LEY 23.737', del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Formosa.Que mediante Sentencia Nº 341 de fecha: 1105-07, este Tribunal CONDENO a RAUL OSMAR MORALES a la PENA DE TRES (03) AÑOS DE PRISION, más MULTA DE PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250), con costas, como autor del delito deTRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES EN GRADO DE TENTATIVA, (artículos 5º, inc. c) de la Ley 23.737, y 42 y 44 del Cód. Penal, cuya ejecución se deja en suspenso bajo el cumplimiento de reglas de conducta, Sentencia que se encuentra firme.Que habiendo sido detenido en fecha: 15-1206, permaneció en ese estado hasta el: 11-05-07, --fecha de la Sentencia-- en que se resolvió ordenar su inmediata libertad, computando a esa fecha: cuatro (04) meses y veintiseis (26) días de detención.Que la pena impuesta de tres (03) años de prisión, se extinguiría por cumplimiento total en fecha: 15-12-2.009.Formosa, 13 de junio de 2007.CARLOS LUIS PERALTA, Secretario de Cámara, Tribunal en lo Criminal Federal.FORMOSA, 43 DE JUNIO DE 2.007.Del cómputo de pena del condenado: RAUL OSMAR MORALES, practicado por Secretaría,NOTIFIQUESE a las partes conforme art. 493 del C.P.P.N.Ante Mí CARLOS LUIS PERALTA, Secretario de...

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