Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA D, 18 de Marzo de 2016, expediente CIV 021328/2001

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2016
EmisorSALA D

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 21328/2001 FRANCHINI JOSE ESTEBAN c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR LA ESTRELLA S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de marzo de 2016.- FMC AUTOS Y VISTOS:

Teniendo en cuenta la naturaleza, importancia y extensión de los trabajos realizados en autos; las etapas cumplidas; el monto comprometido, a tenor del acuerdo de fs. 355, y lo dispuesto por los artículos 1, 6, 7, 9, 10, 19, 37 y 38 del arancel y ley modificatoria 24.432, como asimismo la proporción que deben guardar los honorarios de los peritos con los de los letrados y la incidencia de su labor en el resultado del pleito, se confirman, por ser ajustados a derecho, los regulados a fs. 372 a los D.. E.C.S. y E.S.C., por su actuación como letrados apoderados de la demandada y la citada en garantía durante dos etapas del proceso; y los fijados a fs. 364 al perito médico M.R. y la...

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