Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 11 de Abril de 2017, expediente CAF 019294/2011/CA002

Fecha de Resolución11 de Abril de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 19294/2011 “F. M. B. Y OTRO c/ ENM°

INTERIOR RESOL 642/11(EXP 890046/11CONAREF59/11 Y OTRO

s/RECURSO DIRECTO PARA JUZGADOS”

Buenos Aires, 11 de abril de 2017. MVD Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 81/114 vta. la actora denunció un hecho nuevo de

    conformidad con lo normado por el art. 365 del C.P.C.C.N. Se corrió

    traslado a la contraria y ésta lo contestó a fs. 121/130.

    Manifestó que con fecha 26/3/2012 el Juzgado del Décimo

    Distrito Judicial en y para el Condado de Miami Dade, en Florida, Estados

    Unidos dictó un fallo final respecto a paternidad y otras reparaciones

    judiciales, siendo objeto del mismo el menor M.A.R. Expuso que en tal

    decisión las medidas allí adoptadas redundan en su detrimento, tanto de

    carácter civil (el embargo de su sueldo) como en el comienzo de su

    persecución penal. Manifestó que tuvo conocimiento de la misma muchos

    meses después de que fuera dictada tal decisión debido a que las

    medidas que allí se tomaron lo fueron sin que la Sra. F. ni su

    hijo se encontraran representadas en aquél proceso, cuando se

    incorporó en la causa Nº 50.482 en trámite ante el Juzgado Nacional en lo

    Civil Nº 12 de esta ciudad.

    Expuso que esta situación puso de manifiesto la persecución

    de la que es víctima ella y su hijo menor en su país de nacimiento en los

    términos en los que fue denunciada a la CO.NA.RE. y la nacionalidad del

    menor, cuestión que fue la única causal que consideró la administración

    para rechazar la solicitud de refugio, por considerarlo ciudadano

    argentino.

    Por lo manifestado, sostuvo que la caracterización del menor

    como “estadounidense” o “argentino” resulta nodal a la crítica que formuló

    respecto del actuar de la CO.NA.RE., que fue debidamente incorporado

    en el escrito de inicio de estos actuados y que fue controvertido por su

    contraria en su responde, por lo que consideró conducente y relevante la

    introducción del hecho nuevo denunciado y que fue oportunamente

    presentado.

    Adjuntó copia de tal pronunciamiento, debidamente traducido.

    A su vez, denunció que con fecha 4/12/12, la Cónsul Martha

    Pacheco tomó contacto con el menor, en las oficinas del letrado

    Fecha de firma: 11/04/2017 Alta en sistema: 12/05/2017 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA #11038340#173657427#20170419081318585 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 19294/2011 “F. M. B. Y OTRO c/ ENM°

    INTERIOR RESOL 642/11(EXP 890046/11CONAREF59/11 Y OTRO

    s/RECURSO DIRECTO PARA JUZGADOS”

    apoderado de la actora, encuentro en el que se manifestó que era una

    continuación de la visita realizada años atrás por la ViceConsul Heather

    Smith y que su motivación estaba dada por la calidad de estadounidense

    del menor.

    Expresó que esta situación también resulta de suma relevancia

    para considerar la condición de “estadounidense” que reviste el menor, en

    miras del derecho internacional, lo cual trasluce, entre otras cosas, el

    accionar del Consulado estadounidense.

    Ofreció prueba Documental: consistente en la copia certificada

    y traducida del fallo citado y copia simple de intercambio de correos

    electrónicos cursados entre el letrado y el personal del Consulado de la

    Embajada de EE.UU.; Informativa: a) se libre exhorto al Juez Stanford

    Blake, del Juzgado del Decimoprimer Circuito Judicial en y para el

    Condado MiamiDade a fin de que se expida respecto de la copia de la

    sentencia aportada como documental, b) oficio al Consulado de la

    Embajada de los Estado Unidos en Argentina, solicitando se remita la

    documentación que se hubiera producido a raíz de la visita realizada al

    menor, acreditándose así la veracidad del hecho nuevo aludido, y c)

    Testimonial: a la C. y a la asistente consular Dalia

    Saba a fin de lograr la caracterización de la nacionalidad y condiciones

    pertinentes del menor en el marco del ejercicio de sus profesiones

    respectivas.

  2. Que a fs. 140/142 la Sra. Jueza a quo no admitió los hechos

    nuevos denunciados, puesto que los consideró inoficiosos para la

    solución del caso.

    Entendió que vista la pretensión de la actora y examinada la

    respuesta de la demandada, surge que esta última ha reconocido la

    nacionalidad estadounidense del menor M.A.R.

  3. Que tal decisión fue apelada a fs. 144 por la actora y por el

    Defensor Oficial a fs. 147, recursos que fueron concedidos con efecto

    diferido a fs. 145 y 148 y contestados a fs. 381/386.

  4. Que a fs. 149/154 la actora denunció otro hecho nuevo en la

    causa.

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    Expuso que se anotició haciendo una búsqueda por internet,

    de la difusión de sus datos y de los de su hijo, en forma irresponsable por

    parte de un ente dependiente del gobierno estadounidense. Denunció en

    concreto que según consta en los registros del “National Center for

    Missing and Exploited Children” comenzaron a publicarse fotografías

    simultáneas del menor M.A.R. y de su madre , incluyendo datos de

    identificación del menor y difundiendo la información falsa de que se

    encontraría “extraviado” al referirse que “el niño podría haber viajado a

    Argentina”, identificándolo como perdido e invitando a cualquiera que

    tenga datos a comunicarse con el F.B.

    1. (Oficina Federal de

    Investigaciones de los Estado Unidos). Acompañó una copia extraída de

    internet, debidamente traducida).

    Manifestó que estos datos son falsos ya que el menor tiene

    desde hace años domicilio en la República Argentina, el que está

    denunciado en la causa Nº 50482/2009 que tramita ante la Justicia

    Nacional en lo Civil y en donde se encuentra dictada una medida cautelar

    por la que debe denunciarse cualquier modificación de domicilio o

    traslado a mas de 100 kms. del menor, información que consta al

    gobierno estadounidense a través de la embajada, ya que fueron los

    datos brindados por las autoridades consulares.

    Resaltó que tal información otorga verosimilitud a los reclamos

    vertidos en el expediente administrativo de la CO.NA.RE, en cuanto a la

    existencia de una persecución por parte del Gobierno extranjero respecto

    al menor y, en razón de su edad, a su madre.

    Expresó que en el documento anexo se puede verificar que se

    informó que se habría librado un “Federal Warrant”, el que expuso sirve

    para detener temporalmente a una persona a cuestionarla para una

    investigación y dado que consideró que no hay motivos para su arresto,

    manifestó que el Estado Norteamericano recurrió a este mecanismo con

    el objeto de lograr “su fin ilícito” de obligar al menor y a su madre a estar

    separados.

    Argumentó también que la ley 26.165, invocada en el acto

    administrativo recurrido, sostiene como pilar la “unidad de la familia” y que

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