Fosama S.R.L.

Fecha de disposición03 Octubre 2007
Fecha de publicación03 Octubre 2007
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31252

Jorge Alberto Esparrica vendió y cedió a favor de Anibal Arena la totalidad de sus 1800 cuotas, quedando como únicos integrantes de la sociedadAnibal Arena 1800 cuotas y Luis Alberto Santana 200 cuotas. Lorena Edith Velazquez, autorizada por escritura del 13/6/07, Esc. Guillermo A. Bianchi Rochaix, Folio 418, Reg. 2099, Cap. Fed.

Certificación emitida por: GuillermoA. Bianchi Rochaix (H). Nº Registro: 2099. Nº Matrícula: 4326.

Fecha: 2/10/2007. Nº Acta: 87. Libro Nº: 58.

e. 03/10/2007 N° 67.274 v. 03/10/2007 EYELEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Se hace saber que por instrumentos privados de fecha 10 deAgosto de 2007 la socia (A) Laura Graciela Sediles de Ramallo comunicó a la gerencia de Eyelén. S.R.L. la venta, cesión y transferencia de (i) 95 (noventa y cinco) cuotas sociales a favor de Marta Sediles, y (ii) 3 (tres) cuotas sociales a favor de la Sra. Liliana Sediles; y (B) Olga Ramallo comunicó a la gerencia de Eyelén S.R.L la venta, cesión y transferencia de (2) dos cuotas sociales de Eyelén S.R.L. a favor de la Sra. Liliana Sediles.

Asimismo se aprobó la modificación de la cláusula 4º del contrato social, quedando redactada la misma de la siguiente manera: 'Cuarta: El capital social se fija en la suma de pesos tres mil ($ 3.000), dividido en cien (100) cuotas de pesos treinta ($ 30) cada una, estando integrado el mismo de la siguiente manera: Marta Sediles es titular de 95 cuotas sociales y Liliana Sediles es titular de 5 cuotas sociales.' Por último, se aprobó designar como nuevas autoridades a las Sras. Marta Susana Sediles y Liliana Beatriz Sediles, con mandato por 3 años, quienes revestirán el carácter de Gerentes de la Sociedad y se modificó en su totalidad la cláusula 6a del contrato social, la cual quedó redactada de la siguiente manera: 'Sexta: La administración de la Sociedad, estará a cargo de las Sras. Marta Susana Sediles y Liliana Beatriz Sediles, quienes revestirán el carácter de gerentes y tendrán mandato por el plazo de tres (3) años. Se requerirá la firma conjunta de ambas para obligar a la Sociedad y para realizar todos los actos de disposición que se consideren necesarios. Los Gerentes deberán constituir una garantía conforme al artículo 256 de la Ley 19.550 y al artículo 75 de la Resolución General Inspección General de Justicia 07/2005 a favor de la sociedad, por el plazo que dure su mandato, más el período de prescripción de las acciones individuales que puedan realizarse en su contra, no pudiendo ser este inferior a tres años luego de culminado el mismo. Cada Gerente, como aval de su gestión, deberá constituir a su propio costo una garantía mínima de $10.000 (pesos diez mil) o la suma que establezca la normativa vigente. La garantía podrá consistir en bonos, títulos públicos, sumas de dinero en moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad, fianzas o avales bancarios, seguro de caución o seguro de responsabilidad civil a favor de la sociedad. Los Gerentes deberán acreditar el cumplimiento de la constitución al momento de asumir su cargo.' Ambos gerentes constituyen domicilio especial en Mozart 2372, piso 5º 'E', ciudad de Buenos Aires. Paula del Campo - Autorizada por Acta de fecha 10.08.2007.

Abogada - Paula del Campo Legalización emitida por: Colegio Público deAbogados de la Capital Federal. Fecha: 28/9/2007.

Tomo: 75. Folio: 181.

e...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR