Forestal Argentino-italiana S.A.

Fecha de disposición07 Diciembre 2007
Fecha de publicación07 Diciembre 2007
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31298

CABA. María Silvia Ramos, autorizada por Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 25/07/05.

Abogada - María Silvia Ramos Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 4/12/2007.

Tomo: 13. Folio: 274.

e. 07/12/2007 Nº 105.010 v. 07/12/2007 ENERGOLD ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA Escritura Nº 75 del 30.11.2007 Registro Notarial 1893 de Cap. Fed.; 1) 'Energold Drilling Corp.',

Inscripta en la IGJ el 27/11/2007, Nº 1522 Lº 58

Tº B de Estatutos Extranjeros, Nuñez 2602 4º 'B' Cap. Fed. y Nicolás Facundo Rodrigo, argentino, casado, 27/12/73, DNI 23.781.929, Contador Público, Nuñez 2602 4º 'B' Cap. Fed. 2) 99 años.- 3) Nuñez 2602 4º piso Departamento 'B' Cap. Fed.

4) a) Montaje, operación y servicio en tierra de perforaciones relacionadas con la industria minera.- b) Provisión de servicios de asesoramiento técnico en general relacionados con las actividades mencionadas incluyendo la provisión de equipos y asistencia técnica que sean requeridos por terceros relacionados con la industria minera.- c) Importación y exportación, sea en forma definitiva o transitoria, de todo el equipamiento necesario para proveer los servicios técnicos relativos a perforaciones para la industria minera.- 5) $ 50.000. 6) Presidente: Nicolás Facundo Rodrigo.- Director Suplente: Eduardo Rodrigo.- Domicilio especial de los Directores: Nuñez 2602, 4º piso Departamento 'B' Cap. Fed.; duración 3 ejercicios; sin sindicatura.- 7) Representación Legal:

Presidente o Vice, en su caso.-. 8) 31/12.- La Apoderada se encuentra debidamente autorizada en la Escritura Nº 75 del 30.11.2007 Registro Notarial 1893 de Cap. Fed.

Apoderada - Silvina Noelia Caraballo Certificación emitida por: Julio M. Méndez Peralta Ramos. Nº Registro: 1893. Nº Matrícula: 2478.

Fecha: 04/12/2007. Nº Acta: 072. Libro Nº: 50.

e. 07/12/2007 Nº 71.572 v. 07/12/2007 ENI EMPRENDIMIENTOS NAUTICOS INTEGRALES SOCIEDAD ANONIMA Rectificatoria constitución. Escritura Nº 169 del 15-11-07.- Objeto. Nueva redacción: 1) Negocios inmobiliarios: Compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento y toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanizaciones, urbanizaciones náuticas, puertos deportivos y comerciales, clubes de campo o deportivos, exposiciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, inclusive las comprendidas bajo el régimen de Propiedad Horizontal. Participación en la comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. 2) Administración de inmuebles, propios o de terceros. 3) Desarrollo, tasación, administración y planeamiento de centros comerciales, desarrollos urbanos y centros industriales, logísticos, depósitos o turísticos para promoción, puertos deportivos y comerciales, marinas y hoteles flotantes. 4) Realizar inversiones inmobiliarias en tierras urbanas y rurales, construcción, venta, parcelamiento, loteo, arrendamiento, alquiler, aparcería de terrenos, fracciones, campos, fincas o estancias. Compra, construcción o refacción de edificios o condominios para la vivienda, inversión, construcción, refacción, locación y leasing de edificios industriales, comerciales, de usos múltiples y de servicios, incluyendo el desarrollo de parques industriales, centros comerciales, barrios cerrados, clubes de campo, marinas, puertos náuticos y comerciales y de otros destinos. La realización de los referidos desarrollos sobre plataformas o estructuras flotantes.- 5) constituir personas jurídicas, participar en personas jurídicas o empresas existentes de cualquier naturaleza, domiciliadas en el país o en el exterior, mediante aportes, suscripción o adquisición por cualquier titulo de acciones, partes de interés, cuotas, o cualquier otro instrumento susceptible de representar capital o participación, emisiones de deuda, bonos, debentures, obligaciones convertibles y cuántos más actos o negocios jurídicos resultaren necesarios o convenientes para la directa o indirecta satisfacción del objeto social, excluyendo la realización de aquellas operaciones que en virtud de lo dispuesto en la ley de entidades financieras pudieren ser únicamente realizadas por estas ultimas y aquellas que requieran del concurso del ahorro público. Las actividades enunciadas serán prestadas por profesionales debidamente habilitados cuando así lo requieran las leyes y reglamentaciones vigentes. Para su cumplimiento, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por estos estatutos.

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