Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 22 de Diciembre de 2015, expediente CAF 047640/2015/CA001
Fecha de Resolución | 22 de Diciembre de 2015 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-
SALA V 47640/2015 FORD ARGENTINA SCA c/ DNCI s/LEALTAD COMERCIAL - LEY 22802 -
ART 22 Buenos Aires, de diciembre de 2015 VISTO
Y CONSIDERANDO:
I.-Que, por Disposición Nº 115 del 13 de julio de 2015 (ver fs. 46/54) el Director Nacional de Comercio Interior impuso una multa de Pesos Doscientos cincuenta mil ($ 250.000) a Ford Argentina SCA; por infracción al artículo 8° (en concordancia con el 2º) de la Resolución Ex S.C.D. y D.C. Nº 7/02, reglamentaria de la Ley 22.802.-
II.-Que el citado art. 8º de la Resolución 7/02 establece que: “Cuando se publiciten voluntariamente precios de bienes, muebles o inmuebles o servicios por cualquier medio (gráfico, radial, televisivo, cinematográfico, internet u otros), deberá hacerse de acuerdo con lo establecido en les Artículos 2º, 3º y 4º de la presente Resolución (…) debiendo precisar en cada pieza publicitaria, (…) como así también la razón social del oferente y su domicilio en el país, o la indicación expresa de tal circunstancia cuando no la hubiere”.
Por su parte el Artículo 2º dispone: “Quienes ofrezcan bienes muebles o servicios a consumidores finales deberán indicar su precio expresado en moneda de curso legal y forzoso en la República Argentina -pesos-. El mismo deberá ser al contado, en dinero efectivo y corresponderá al importe total que deba abonar el consumidor final”.
III.-Que conforme surge del aviso agregado a fs. 2 del Expediente Administrativo principal S01:0184494/2012, la empresa recurrente había publicitado “Ecosport desde $ 81.600.-* por tiempo limitado incluye bonificación de $ 5.230” y del aviso agregado en el expediente administrativo Fecha de firma: 22/12/2015 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #27390709#145578132#20151222084319180 acumulado S01:0233626/2012 “Ecosport desde $ 82.600.-* por tiempo limitado incluye bonificación de $ 5.300”.
Luego de efectuar un análisis de la publicidad aludida y de la normativa aplicable, la autoridad administrativa entendió que no se había cumplido con la misma por cuanto los precios fijados se encontraban precedidos de la palabra “desde”; no indicándose el precio de contado en dinero en efectivo lo que genera una indeterminación en cuanto al precio final que deberá
pagarse por el bien. A lo que agrega más confusión, entiende la autoridad de aplicación, la “bonificación” ofrecida y que aparentemente se encontraría...
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