Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 24 de Mayo de 2022, expediente CIV 065388/2018/CA001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

65388/2018

FONTANA, R.J. s/SUCESION AB-INTESTATO

Buenos Aires, 24 de mayo de 2022.-

AUTOS Y VISTOS:

Las presentes actuaciones arriban a esta alzada a fin de entender en el recurso de apelación interpuesto y fundado con fecha 7/04/2022, frente a lo resuelto el 4/04/2022. El recurso fue concedido en relación el 12/4/2022, se lo tuvo por fundado con el proveído del 2/5/2022 y contestado con la presentación del 18/04/2022.

De la lectura de la causa surge que el 17/10/2019 se aprobó el testamento ológrafo otorgado por el causante, lo que requirió la previa intervención del perito calígrafo R.A.D.. Posteriormente, el 16/12/2019, se dictó declaratoria de herederos a favor de los hijos del causante, L.E. y E.J.F. y Pinto.

El experto solicitó el 23/3/2021 la regulación de sus honorarios, lo que mereció el dictado del proveído del 30/3/2021 que dispuso que se procedería en su oportunidad, una vez determinada la base regulatoria. Cumplió con ello el 29/11/2021 y con fecha 7/12/2021 se dispuso su traslado a las partes y profesionales intervinientes conforme el artículo 23 de la ley 27.423. La legataria I.E.M., por apoderada, impugnó la base regulatoria del perito el 21/12/2021 y los hijos del causante, por su parte, efectuaron su propia estimación el 31/1/2022. De tal manera, el experto formuló

una nueva estimación por valor de U$S 400.000 el 9/2/2022. Los coherederos F. y P. prestaron su conformidad el 23/2/2022 y,

por su parte, la heredera testamentaria una vez más manifestó su desacuerdo el 22/2/2022.

Fecha de firma: 24/05/2022

Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA

Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CÁMARA

Frente a dicho panorama, ante el pedido de regulación de honorarios del perito calígrafo, el 3/3/2022 se lo tuvo presente para su oportunidad. Tal providencia mereció el pedido de revocatoria del auxiliar, al que se hizo lugar el 4/4/2022 y que en su ap. III aprobó la base regulatoria de U$S400.000.

La legataria I.E.M. apeló dicha decisión y la fundó en la misma presentación. F., en breves palabras, una reseña de lo acontecido en el sucesorio, destaca que se ha tenido que notificar de las estimaciones presentadas en el sucesorio de manera espontánea y se agravia en razón a que no se han contabilizado en la base regulatoria una serie de activos, los que denuncia, pero no estima.

Por su parte, el perito contesta la presentación de la legataria y señala que sí se le...

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