Ley 17.024. Fomento de comercialización masiva de productos de primera necesidad. Parte pertinente

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5. Las empresas que cumplan en su totalidad con los requisitos exigidos por la presente ley para funcionar como supermercados y entren en funcionamiento antes del 31 de diciembre de 1970, podrán deducir -de la materia imponible- a los efectos del pago del impuesto a los réditos, las sumas invertidas en:

  1. La construcción o adquisición de...

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