Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 4 de Marzo de 2016, expediente COM 028201/2015

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala E

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 28201 / 2015 FODERAMI S.A. LE PIDE LA QUIEBRA INDUSNOR S.A.

Juzg. 10 S.. 19 15-14-13 Buenos Aires, 4 de marzo de 2016.-

Y VISTOS:

  1. Viene en queja M.S.A., por la denegatoria del recurso de apelación que dedujo contra la resolución de fs. 14/16, que desestimó el pedido de quiebra que formuló contra Foderami S.A.

  2. Es cierto que el crédito invocado por la quejosa para promover este pedido de quiebra es inferior a los $ 50.000 fijado por el CPr: 242 como límite de apelabilidad.

Empero le asiste razón a dicha parte en punto a que en los pedidos de quiebra, como el aquí

examinado, no existe un “valor cuestionado” en los términos del C.: 242 ya que, en realidad, se trata de un procedimiento dirigido a obtener la declaración falencial del presunto deudor y no el cobro individual del crédito que se invoca para afirmar el estado de impotencia patrimonial (v. esta S.; “Foderami S.A.C.I.F. le pide la quiebra P.M.D.”, del 23.12.13).

Fecha de firma: 04/03/2016 Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CÁMARA Expte. N° 28201 /

Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA 2015 1 Firmado(ante mi) por: M.E.G., PROSECRETARIO DE CÁMARA #27484378#146970506#20160307154501807...

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