Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA X, 30 de Octubre de 2014, expediente CNT 005889/2012/CA001

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2014
EmisorSALA X

Poder Judicial de la Nación Causa N°: 5889/2012 - FLORES JUAN PEDRO c/ LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITIDA Y OTRO s/ACCIDENTE -

ACCION CIVIL SENT.INT. Nº: EXPTE. Nº: 5.889/ 2012 (34.443)

JUZGADO Nº: 21 SALA X Buenos Aires, 30 de octubre de 2014 VISTOS:

Los recursos de apelación deducidos a fs. 527/529 y a fs. 519/520.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes, los honorarios regulados a favor de los peritos ingeniero, médico y contadora resultan equitativos por lo que cabe confirmarlos.

  2. Con respecto a la manifestación efectuada a fs. 528 en torno a lo previsto en la ley 22172, cabe señalar que dicha ley no es de aplicación a los presentes actuados, toda vez que se refiere a expedientes tramitados en extraña jurisdicción, circunstancia que no aplica al presente caso que ha tramitado en su totalidad en esta jurisdicción.

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados a favor de los peritos ingeniero, médico y...

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