Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Febrero de 2022, expediente A 75539
Presidente del tribunal | Kogan-Soria-Torres-Genoud-Violini-Maidana |
Fecha | 11 Febrero 2022 |
Número de expediente | A 75539 |
A C U E R D O
La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el art. 4 del Acuerdo n° 3971, procede al dictado de la sentencia definitiva en la causa A. 75.539, "Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ Surtigas S.A. y ot. s/ Apremio provincial. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley", con arreglo al siguiente orden de votación (Ac. 2078): doctoresK., S.,T., G., V., M..
A N T E C E D E N T E S
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La P. confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada (v. fs. 106/109).
Disconforme con dicho pronunciamiento, la Fiscalía de Estado interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. presentación electrónica de fecha 11-IV-2018), el que fue concedido por la Cámara interviniente (v. fs. 130/131).
Dictada la providencia de autos (v. fs. 133), presentado el memorial de la demandada (v. presentación electrónica de fecha 30-X-2018) y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente
C U E S T I Ó N
¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Fiscalía de Estado?
V O T A C I Ó N
A la cuestión planteada, la señora J. doctora K. dijo:
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La P. confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada.
Para así decidir, consideró aplicables en la especie las disposiciones del Código Civil (ley 340) que componen el régimen de la prescripción liberatoria (en todos sus aspectos: plazo, inicio del cómputo, causales de suspensión e interrupción, etc.). Ponderó a tal fin que los sucesos de autos se consumaron bajo el amparo de dicho cuerpo legal, sin perjuicio de la posterior entrada en vigencia del Código Civil y Comercial (ley 26.994).
Sostuvo que debían quedar desplazadas las normas locales, por tratarse de una materia de fondo, ligada al derecho de propiedad y regulada por el Congreso en los términos del art. 75 inc. 12 de la C.itución nacional.
Interpretó que, de acuerdo con los arts. 3.956 y 4.027 inc. 3 del Código Civil, el plazo de prescripción de obligaciones de vencimiento anual como el impuesto sobre los ingresos brutos es quinquenal y que comienza a correr a partir del 1 de enero del año siguiente al período en cuestión.
De allí extrajo que el cómputo relativo al más reciente de los períodos reclamados (2003) se inició el 1 de enero de 2004 y que hubiera expirado el 1 de enero de 2010 (sic), de no haber sido por la resolución determinativa y sumarial 662/06.
Puntualizó que, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 3.986 del Código Civil, esta última suspendió dicho término por un año. Agregó que ella habilita la aplicación de la dispensa de la prescripción prevista por el art. 3.980 del Código Civil, pero que al 2 de septiembre de 2011 (fecha de inicio de este proceso) ya había transcurrido el lapso de tres meses desde el cese del impedimento que como máximo otorga el precepto citado. Tal plazo de gracia fue calculado por la mayoría del tribunal desde la notificación a la Fiscalía de Estado de la resolución que resolvió el recurso de reconsideración interpuesto, practicada el 3 de mayo de 2011.
Por los fundamentos expuestos, la Cámara concluyó que las obligaciones relacionadas con todos los períodos reclamados (septiembre de 2001 a mayo de 2003) se hallaban prescriptas.
Mediante recurso de inaplicabilidad, la Fiscalía de Estado denuncia violación o errónea aplicación de los arts. 159 y 161 del Código Fiscal; 5, 17, 18, 31, 75 inc. 12 y concordantes de la C.itución nacional; 3.956, 3.986 y 4.027 inc. 3 del Código Civil (ley 340).
Acusa asimismo errónea interpretación de los arts. 2.532 y 2.560 del Código Civil y Comercial. Explica que ellos no abordan una situación anteriormente regida por disposiciones del Código Civil (ley 340), sino que, al reconocer la competencia de la legislación local para regular la prescripción de tributos, obliga a remitirse al Código Fiscal, una ley provincial preexistente. De allí extrae que no se verifica en autos un conflicto de leyes en el tiempo.
Sostiene que, a la luz de las citadas disposiciones del Código Civil y Comercial, la doctrina legal adoptada por esta Suprema Corte en consonancia con el fallo "Filcrosa" de la Corte nacional debe ser revisada y abandonada.
Alega que la sanción de los arts. 2.532 y 2.560 del nuevo Código Civil y Comercial vino a poner fin a una equívoca interpretación de normas de la C.itución nacional, relativas a la autonomía de las provincias, que constituyen el pilar fundamental sobre el que se construyó el federalismo argentino. Invoca en su apoyo la posición de la jueza A. en la causa "Municipalidad de Resistencia c/ Lubricom" (Fallos: 332:2108) y un fragmento del debate...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
