Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 26 de Noviembre de 2020, expediente Rc 123564

Presidentede Lázzari-Pettigiani-Kogan-Soria
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2020
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

"FISCO DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES C/ FURLAN HERMANOS SCA Y OTROS S/ APREMIO"

La Plata, 26 de febrero de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

  1. La Sala I de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Mar del Plata confirmó la decisión que, en el marco de un incidente de ejecución de honorarios en el presente proceso de apremio, desestimó las impugnaciones deducidas y aprobó la liquidación de intereses sobre honorarios practicada aplicando la tasa activa establecida en el art. 54 inc. "b" del dec. ley 8.904 desde la mora hasta el efectivo pago en relación a los estipendios regulados en favor del doctor G. (v. fs. 462/464 y fs. 469/470).

    Frente a lo así juzgado, el letrado apoderado del Fisco provincial dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. presentación electrónica del 4 de junio de 2019 y copia de fs. 508/510), cuya denegatoria -por considerar no definitivo el fallo atacado (v. fs. 486)-, motivó la articulación de la presente queja (art. 292, CPCC; v. fs. 515/519 vta.).

  2. Al respecto cabe señalar que, en el caso, en que se cuestiona la aplicación de los intereses a la tasa activa prevista en el art. 54 inc. "b" del dec. ley 8.904, denunciando el impugnante el apartamiento y violación del art. 10 de la ley 23.928 -texto según ley 25.561-, alegando la derogación por estas normas nacionales de la disposición prevista en la ley arancelaria local, así como la existencia de gravedad institucional y la violación de la doctrina legal en la materia, lo decidido reviste carácter definitivo en los términos del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. doctr. causas C. 107.702, "A., resol. de 6-VI-2011; C. 117.277 "Pájaro" y C. 112.439, "Cesar", ambas resols. de 21-XII-2016).

    Asimismo, es de observar en cuanto al valor del agravio -representado para el interesado por la...

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