Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 20 de Diciembre de 2016, expediente FCB 054060037/2008/CA001

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL – SALA B Expte. N° 54060037/2008 AUTOS : F.E.M. c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL doba, 20 de diciembre del año dos mil dieciséis.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “FIORINI, E.M. C/ ANSES–

EJECUCION PREVISIONAL” (Expte. Nº 54060037/2008/CA1), venidos a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la parte demandada en contra del proveído de fecha 22 de Octubre de 2012, dictado por el Juzgado Federal de Río Cuarto, obrante a fs. 87vta., en la que se ordenó librar oficio al B.N.A. a fin de que proceda a trabar embargo sobre las cuentas de titularidad de la ANSES en lo suficiente a cubrir la suma de $ 23.317 en concepto de actualización de retroactivos adeudados, con más el 20% estimado para intereses y costas.

Y CONSIDERANDO:

  1. La recurrente expresa agravios en su escrito de 91/92vta..

    Sostiene que en autos no está comprometido un derecho de naturaleza alimentaria. Hace reserva del caso federal y pide se revoque el embargo ordenado.

    La parte actora contesta traslado a fs. 141/142vta., quedando la causa en estado de ser resuelta.

  2. De los agravios reseñados, surge que la cuestión a resolver se circunscribe a determinar si resulta procedente o no el embargo dispuesto por el magistrado actuante sobre las cuentas de titularidad de la ANSES en el B.N.A. por la suma de $23.317.

  3. Resulta oportuno efectuar una breve reseña de lo acontecido en la causa, en lo que aquí importa. Así la señora E.M.F. con fecha 3 de Fecha de firma: 20/12/2016 Firmado por: M.E.R., Secretaria Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA #8757627#167292007#20161220113657517 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL – SALA B Expte. N° 54060037/2008 AUTOS : F.E.M. c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL noviembre de 2008 inició ejecución de la sentencia que acogió favorablemente el recálculo del haber previsional (fs. 145/149) y de la resolución emanada por el CFSS Sala II (fs. 150/vta.). Mediante sentencia de fecha 3 de agosto de 2012 (fs. 81/83) se fijó en la suma de $ 23.317,05 el crédito que mantiene el ANSES con la accionante. Habiendo incumplido la demandada con la manda judicial, la parte actora solicitó embargo (fs. 86).

    El...

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