Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 18 de Agosto de 2017, expediente CSS 001260/2004/CA001 - CA002

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA INTERLOCUTORIA EXPEDIENTE NRO: 1260/2004 AUTOS: “F.S.T. c/ ANSES s/OTROS - PREVISIONALES - REAJUSTES VARIOS - LEY 22955”

Buenos Aires, EL DR. J.C.P.L. DIJO:

Según constancias de autos, la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia n°10 del Fuero, resolvió a fs.275/276 que tuvo por cumplido el objeto de la presente ejecución, regular los honorarios de la representación letrada de la parte actora en la suma de $ 3.500 con más I.V.A. si correspondiere e impuso las costas a la vencida.

Dicha decisión motivó el recurso de apelación de la letrada de la actora por entender que los honorarios fijados resultan bajos (fs.278).

Considero que corresponde rechazar el recurso interpuesto y confirmar el auto apelado, atento a la naturaleza de la cuestión debatida, la importancia de la labor profesional, el monto del pleito y el resultado del mismo (arts. 6, 7, 8 y concs. de la ley 21.839 mod.

Ley 24.432). Sin costas en la Alzada (art.68, segundo párrafo, del CPCCN).

EL DR. N.A.F. DIJO:

Adhiero a las conclusiones a que arriba el Dr. J.C.P.U.O.L..

Por lo que resulta del acuerdo que antecede, el Tribunal

RESUELVE:

rechazar el recurso interpuesto y confirmar el auto apelado. Sin costas en la Alzada (art.68, segundo párrafo, del CPCCN).

C., protocolícese, notifíquese, cúmplase con la comunicación dispuesta...

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