Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 1 de Septiembre de 2016, expediente CAF 026107/2012/CA001

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Causa: 26107/2012, F.S.E. Y OTROS c/ EN-M§

SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, a los 1 días del mes de septiembre de 2016, reunidos en acuerdo los señores jueces de la S. III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver los autos “F.S.E. y otros c/EN- Mº Seguridad-

PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, Causa Nº

26107/2012, y planteado al efecto como tema a decidir si se ajusta a derecho la sentencia apelada, el Señor Juez de Cámara, D.S.G.F. dice:

  1. Que a fs. 207/210 la Sra. Juez de primera instancia rechazó con costas la demanda entablada por las señoras S.E.F., L.J., A.M.O. y M.M.B. de Inglese contra el Estado Nacional-

    Ministerio de Seguridad- Policía Federal Argentina, a fin de que se les reconozca el grado jerárquico correspondiente de acuerdo a la antigüedad laboral en servicio, junto con todos los beneficios previstos para dicho grado, y que en forma retroactiva se restituyan las sumas correspondientes a los años mal liquidados como consecuencia de la arbitraria y discriminatoria desjerarquización del personal.

    Para así decidir, luego de reseñar distintos artículos de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina y del Estatuto del Personal Civil de la Policía Federal Argentina, consideró que las coactoras incursionan en un ámbito que hace al ejercicio de atribuciones administrativas atinentes a la situación de personal dentro de un cuerpo de seguridad, lo que sólo admite revisión judicial en supuestos de vicios graves y claramente demostrables. Agregó que en el caso no se encuentra acreditado que el obrar que las accionantes le imputan a la Policía Federal Argentina respecto a la jerarquía que éstas ostentan al momento de iniciar la presente demanda, siendo la parte actora quien debía Fecha de firma: 01/09/2016 Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #10890055#160532376#20160901122117180 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Causa: 26107/2012, F.S.E. Y OTROS c/ EN-M§

    SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG acreditar la discriminación que alega mediante prueba fehaciente, extremo que determina una orfandad probatoria por su parte.

  2. Que las coactoras apelaron dicha sentencia a fs. 211, y expresaron agravios a fs. 219/226, los cuales...

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