(*) - FINCA BLOUSSON S.A. - (*) - FINCA BLOUSSON S.A.

Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2022

FINCA BLOUSSON S.A. notifica que por asamblea general ordinaria y extraordinaria unánime de fecha 30/07/2020 (y ratificado por asamblea gral. ordinaria y extraordinaria del 27/08/2020) modificó los artículos DÉCIMO PRIMERO y DÉCIMO SEXTO de su estatuto, quedando redactados de la siguiente manera: “ARTICULO DECIMO PRIMERO: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea General Ordinaria, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de siete (7) electos por el término de tres (3) ejercicios.- La Asamblea designará como mínimo un (1) Director suplente y como máximo siete (7) por el mismo término con el fin de llenar las vacantes que se produzcan en el orden de su elección.- El Directorio en su primera reunión nombrará un Presidente.- El Presidente tiene derecho a doble voto en caso de empate. El órgano de administración funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del Directorio de conformidad con el art. 261 de la Ley 19.550 (T.O.1984).- Las reuniones de Directorio podrán realizarse utilizando medios de comunicación a distancia, comunicándose simultáneamente entre los directores. El acta debe ser suscripta por el representante social, indicándose la modalidad adoptada, debiendo guardarse las constancias, de acuerdo al medio utilizado. Dicha modalidad debe garantizar: 1. La libre accesibilidad de todos los participantes a las reuniones; 2. La posibilidad de participar de la reunión a distancia mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video; 3. La participación con voz y voto de todos los miembros y del órgano de fiscalización, en su caso; 4. Que la reunión celebrada de este modo sea grabada en soporte digital; 5. Que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por el término de 5 años, la que debe estar a disposición de cualquier socio que la solicite; 6. Que la reunión celebrada sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron y estar suscriptas por el representante social; 7. Que en la convocatoria y en su comunicación por la vía legal y estatutaria correspondiente, incluyéndose la comunicación al domicilio electrónico, se informe de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos...

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