Compañia Financiera Argentina S.A. C/lansalot Victor -remate Para el17/12/08

Fecha de la disposición10 de Diciembre de 2008

Sobre la pared medianera hay una construcción elevada al parecer para tanque e instalaciones de aire acondicionado. Todas las medidas mencionadas son aproximadas. El inmueble se encuentra ocupado por la firma 'NEWTRONIC S.A.' en calidad de locataria con contrato que vence el 31/8/09, siendo inválida toda cláusula por la que se pretenda prorrogar el contrato más allá de su vencimiento, por resolución del Tribunal de fecha 14 de Noviembre de 2008.

Las deudas que se registren en concepto de tasas, impuestos y contribuciones anteriores a la fecha del decreto de la quiebra, deberán ser verificados por los acreedores, las devengadas entre esa fecha y la de la toma de la posesión por el adquirente serán a cargo de la masa y las posteriores a la toma de la posesión, a cargo del comprador. Las deudas por expensas, en caso de existir, serán pagadas prioritariamente con el producido por la subasta, siendo a cargo del adquirente el saldo insoluto. Serán a cargo del comprador los gastos que demande la escrituración de la transferencia del dominio. No se admite la compra en comisión ni la cesión del boleto de compraventa. BASE: U$S. 292.000 ó, su equivalente en moneda de curso legal a la cotización del dÃa del remate, SEÑA 30%.

COMISIÓN 3%, ARANCEL CSJN, 0,25%, todo en dinero en efectivo en el acto del remate. El saldo de precio de venta deberá ser depositado dentro del quinto dÃa de aprobada la subasta bajo apercibimiento de ley (art. 580 C.P.C.). Se presume que los oferentes tienen conocimiento de las constancias de autos, del auto de remate y de las resoluciones dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada.EXHIBICIÓN: 18 y 19 de Diciembre de 11 a 13 horas. CUIT del martillero Monotributista 2004500607-8.

Buenos Aires, Diciembre 9 de 2008.

Miguel Enrique Galli, secretario.

e. 10/12/2008 Nº 92.500 v. 16/12/2008 N° 9

Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 4º, Capital comunica por dos dÃas, en autos TOSCANO,

DAMIAN LUIS S/QUIEBRA S/QUIEBRA S/ INC, CONC. ESPECIAL POR EQUITY TRUST COMPANY (ARGENTINA), Expte. Nº 83623, que el martillero AUGUSTO BENCE PIERES, (Rodriguez Peña 375 8º 'A' (Tel.: 4784-9666/ 154-940-6410) Cuit 20-04250310-0 Monotributo,

Capital), rematará el dÃa 17 de diciembre de 2008, a las 12 horas, en punto, en el salón de ventas de la Oficina de Subastas Judiciales, sita en calle Tte. Gral. Juan D. Perón 1233 de Capital, el inmueble sito en Yerbal 3150/54, piso 3º, Unidad 17, identificado con la letra 'C' y U:C:

IV, planta azotea, de Capital.- Catastro C. 5, S.

65, M. 1 P. 6A - Se trata de un departamento que consta de living-comedor con balcón, dos dormitorios, baño y cocina.- La U.C. IV es una terraza en la que se registra una pileta de lavar.- Se encuentra en buen estado y ocupado por el fallido y su sra. madre.- Superficies: U.

17 60,13, Porc. 6,11%, UC IV 57,37m2, Porc, 0,00% - BASE $ 100.000.- AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR SEÑA 30%.COMISION 3%.- Efectivo.- Arancel Acordada 10/99 CSJN 0,25% -El saldo de precio deberá ingresarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires-Suc.

Tribunales -a la orden del Tribunal, dentro del plazo de cinco dÃas de aprobado el remate sin necesidad de notificación a los adquirentes ni requerimiento previo y bajo apercibimiento de declararlos postores remisos (art. 584 CPr.) La posesión se cumplirá dentro de los diez dÃas siguientes de acreditada la efectivización del saldo de precio. En cuanto a la transmisión, dispónese que el eventual adquirente podrá proceder a efectuar la inscripción del inmueble a su favor por testimonio dentro de los treinta dÃas siguientes de acreditada la efectivización del saldo de precio. En consecuencia, la escrituración sólo se cumplirá de ser requerida por el adquirente (doctr. Cód. Proc. arts. 582 y 586) por el escribano que el mismo proponga, en tanto venta al contado, o por el escribano que oportunamente determinará el Tribunal para el caso que no lo designe el adquirente en el plazo indicado en el párrafo precedente. En cuanto a los gastos que la transferencia del inmueble irrogue cualquiera sea la modalidad que se adopte, aclárase que los mismos deberán ser soportados exclusivamente por el adquirente.Se excluya la posibilidad de la compra en comisión y de la cesión del boleto de compraventa - El adquirente deberá constituir domicilio en el radio de la Capital Federal.- Exhibición los dÃas 12 y 15 de diciembre de 16,30 a 18 hs.- El bien se enajenará en el estado en que se encuentra, señalándose que habiéndoselo exhibido adecuadamente no se admitirán reclamos de ningún tipo.

Buenos...

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