Recepción de la frustración del fin del contrato en precedentes y en el proyecto de código civil y comercial 2012

AutorAlejandro E. Freytes
CargoDoctor en Derecho y Ciencias Sociales (UNC), Prosecretario Académico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNC, Prof. Adjunto en la Cátedra A de Derecho Privado III de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNC
Páginas193-212
193
* Trabajo recibido para su publicación el 14 de agosto de 2013 y aprobado el 19 de septiembre del
mismo año.
** Doctor en Derecho y Ciencias Sociales (UNC), Prosecretario Académico de la Facultad de Derecho
y Ciencias Sociales de la UNC, Prof. Adjunto en la Cátedra A de Derecho Privado III de la Facultad de
Derecho y Ciencias Sociales de la UNC. Tutor Superior de las Cátedras de Derecho Civil III y Derecho
Notarial II Educación a Distancia de la UBP, Miembro Titular del Instituto de Derecho Civil de la Aca-
demia Nacional de Derecho de Córdoba.
R   F, V. IV N° 2 N S II (2013) 193-212
RECEPCION DE LA FRUSTRACION DEL FIN
DEL CONTRATO EN PRECEDENTES ANTERIORES Y EN
EL PROYECTO DE CODIGO CIVIL Y COMERCIAL 2012*
RECEIVING THE FRUSTRATION OF THE PURPOSE
OF THE CONTRACT IN PRECEDENTS AND IN THE DRAFT CIVIL
AND COMMERCIAL CODE 2012
Alejandro E Freytes
**
Resumen: El Proyecto de Reformas 2012 a los Códigos Civil y Comer-
cial, unicando el Derecho Privado Nacional, ha incorporado entre
las vicisitudes contractuales a la frustración del n del contrato. Ce-
lebramos esta propuesta que constituye un supuesto de revisión o re-
solución negocial que estimamos ha adquirido autonomía cientíca
propia y requiere de su reglamentación y previsión legal expresa en el
derecho positivo argentino.
Palabras-clave: Recodicación - Proyectos de reformas anteriores -
Frustración del n del contrato - Análisis crítico.
Abstract: e 2012 Reform Bill to the Civil and Commerce Codes uni-
fying the National Private Law has incorporated the frustration to pur-
pose of the contract among its contract contingencies. We agree with
this proposal as it constitutes a revision or business termination which
we think has acquired its own scientic autonomy and requires its re-
gulation and explicit legal framework in the Argentine Positive Law.
Keywords: Recodication - Projects on previous reforms - Frustration
of purpose of the contract - Critical analysis.
Sumario: 1. El proceso de recodicación. - 2. Recepción de la gura en
proyectos anteriores de reforma. - 3. La incorporación de la gura al
proyecto 2012. - 4. Critica.
194
R   F, V. IV N° 2 N S II (2013) 193-212
1. El proceso de recodicación
El Poder Ejecutivo Nacional ha enviado recientemente al Parlamento un Proyecto
de Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, con el objeto de proponer una vez más,
la unicación del derecho privado interno, anhelo que en nuestro país tiene vieja data.
Una iniciativa de esta envergadura es una faena mayúscula y no puede ser la obra
de unos pocos especialistas, sino la labor del conjunto, precedida por una amplia di-
fusión, que llegue a todos los sectores interesados de la comunidad, para evitar que
la mutación que se propone sea traumática o sorpresiva en mengua de los intereses
particulares, que son los que en denitiva, se trata de salvaguardar.
La variedad de los temas que deberían incorporarse a un texto legislativo de tama-
ña vastedad, es una empresa que supone a no dudarlo, una ciclópea labor de eruditos,
no solo en temas jurídicos sino en las más diversas ciencias conectadas al derecho.
Entraña una obra interdisciplinaria que no puede estar sujeta a plazos perentorios,
ni a contenidos predispuestos. Ellos deben ser fruto de amplios debates y consensos.
No creemos con Natalio Irti (1) que sea ésta la “era de la decodicación”, lo des-
mienten los movimientos que a nivel mundial y regional intentan, con ingentes es-
fuerzos, dotar con obras supranacionales una sistematización global del derecho pri-
vado. Vayan como ejemplos de casos de Unidroit (2), el Código Europeo de los Contra-
tos (3), el Proyecto Gandol (4), y entre nosotros, los aportes que al respecto se hacen
desde el Mercosur.
(1) IRTI, Natalio, La edad de la decodicación, traducción de Luis Rojo Aruja, Ed. Bosch, Barcelona,
1992.
(2) INSTITUTO INTERNACIONAL PARA LA UNIFICACIÓN DEL DERECHO PRIVADO, Principios
sobre los contratos comerciales internacionales, Ed. UNIDROIT, Roma, 1995; ALTERINI, A., “Los Princi-
pios sobre los Contratos de UNIDROIT y las soluciones del derecho común”, Doctrina Judicial, Ed. La
Ley SAE, Año XIII, Nº 32, Buenos Aires, 1997, págs. 1055 y ss. Una versión española puede consultarse
en BOVIO, David M., Comentarios a los Principios de UNIDROIT para los contratos del comercio inter-
nacional, Ed. Aranzadi, Pamplona, 1999.
(3) BADOSA COLL, Ferrán - ARROYO I AMAYUELAS, Ester (coordinadores), La armonización del
derecho de las obligaciones en Europa, Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2006; SÁNCHEZ GONZÁLEZ,
María Paz , “Las tendencias unicadoras del derecho contractual europeo, Revista de Derecho Priva-
do, Madrid, 2002, págs. 709 y ss.; DE LOS MOZOS, José L., “Integración europea: derecho comercial
y derecho comunitario”, Revista de Derecho Privado, Madrid, 1993, págs. 220 y ss.; RIVERA, Julio C.,
“El derecho privado en los grandes espacios económicos (Unión Europea, MERCOSUR, Área de Libre
Comercio de las Américas)”, Revista Latinoamericana de Derecho de Integración (MERCOSUR, TLC,
ALCA, Año II), N° 3, enero-julio de 2005, Ed. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, México,
2005, págs. 246 y ss.
(4) El gran impulsor y coordinador de la Academia de Jusprivatistas Europeos con sede en la Uni-
versidad Pavese, ha publicado varios trabajos sobre el tema: GANDOLFI, Giuseppe., “Per un codice
europeo dei contratti”, Rivista Trimestrale di Diritto e Procedura Civile, 1991, pág. 781; “Pour un Code
Européen des Contrats”, Revue Trimestrielle de Droit Civile, 1992, pág. 707; “L’unicazione del diritto
dei contratti in Europa: mediante o senza una legge?”, Rivista di Diritto Civile, 1993, pág. 149; “Verso
in tramonto del concetto di “obligazzione” nella prospecttiva di un codice unico per l´Europa?”, Ri-
vista di Diritto Civile, 1995-II, pág. 203; “La “condizione” nel progetto pavese di un codice europeo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR