Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 22 de Agosto de 2018, expediente Rl 121576

PresidentePettigiani-Negri-Soria-Kogan
Fecha de Resolución22 de Agosto de 2018
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

F.S.N. Y OTROS C/ COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS ANEXOS LTDA. DE Z. S/DIFERENCIAS SALARIALES.

La Plata, 22 de agosto de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Los señores Jueces doctores P., N. y S. y la señora Jueza doctora K. dijeron:

  1. El Tribunal de Trabajo con asiento en la ciudad de Z., perteneciente al Departamento Judicial de Zárate-Campana, acogió parcialmente la excepción de prescripción opuesta por la demandada Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos Limitada de Z. respecto del reclamo de autos por el período diciembre de 2010 -junio de 2011. Por otro lado, hizo lugar a la demanda interpuesta por N.F., R.H.H., D.A.L., A.M.M., M.L.M., C.P.N., F.R.N., R.D.R. y E.L.S. contra la Cooperativa mencionada, condenando a esta última a abonar a los actores las sumas que especificó en concepto de diferencias salariales (v. fs. 1.818/1.831 vta.).

    Para así decidir, juzgó que no se produjeron hechos que alteren el curso de la prescripción, y tuvo por acreditado que la empleadora no otorgó los aumentos acordados por las actas acuerdo que individualizó, suscriptas entre APEBA (Asociación de Prestadores Eléctricos de la Provincia de Buenos Aires) y FATLYF (Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza), partiendo del salario básico, sino que se limitaba a ajustar los haberes consignando un ítem de carácter remunerativo con el porcentaje en cuestión, con lo cual la remuneración base se había mantenido sin actualizar a través del tiempo.

  2. Contra dicho pronunciamiento, ambas partes dedujeron recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley (v. fs. 1.840/1.848 vta. -ratificado a fs. 1.851/1.866- y 1.873/1.887), los que fueron concedidos a fs. 1.868 y 1.901 y vta., respectivamente.

  3. En la vía articulada por la legitimada activa, se denuncian los vicios de absurdo y arbitrariedad y las normas y la doctrina legal que considera violadas.

    Esencialmente, se agravia por el modo en que el tribunal de grado determinó elquantumde las diferencias salariales existentes en favor de los actores. Alega que el juzgador fijó dos métodos posibles de cálculo de los rubros en cuestión, pero que luego utilizó uno distinto -aportado por la perito contadora-, en detrimento de los intereses de los trabajadores.

    Por otro lado, objeta la admisión de la excepción de prescripción opuesta por la parte accionada respecto de los rubros reclamados por el período diciembre de 2010 - junio de 2011.

    III.1. El recurso no es de recibo.

    III.2. L., cabe señalar que en el...

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