Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 27 de Abril de 2017, expediente COM 029119/2004/CA001

Fecha de Resolución27 de Abril de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 29119/2004/CA1 FIAT CREDITO COMPAÑIA FINANCIERA S.A. c/

T.G.J.I. s/ EJECUCION PRENDARIA.

Buenos Aires, 27 de abril de 2017.

  1. El Defensor Oficial apeló subsidiariamente la decisión de fs. 258, mantenida en fs. 263, que dispuso su designación para representar en autos a la coejecutada C.L.B..

    Los fundamentos del recurso fueron expuestos en fs. 259/260.

  2. La elucidación de la cuestión traída a conocimiento del Tribunal impone reseñar que promovida la presente acción en mayo de 2004 (fs. 13), y tras adoptar diversas medidas para determinar el domicilio de la coejecutada C.L.B. (v. fs. 106/107; fs. 144; fs. 151/152; fs. 164/165; fs.

    194; fs. 199/200 y fs. 217) y efectuar numerosos e infructuosos intentos para intimarla de pago (v. fs. 85/86; fs. 185/186; fs. 208/209 y fs. 222/223), la entidad ejecutante declaró bajo juramento no conocer el domicilio real de la mencionada deudora y solicitó su citación por edictos (fs. 224).

    En tales condiciones y en coincidencia con el criterio adoptado por el Juez a quo, teniendo fundamentalmente en cuenta que la intimación efectuada en el domicilio especial indicado en el contrato prendario (fs. 7) ha sido materialmente imposible (v. 85/86), y que, por otra parte, ha sido la propia accionante quien solicitó la designación del Defensor Oficial para el caso de que la coejecutada no se presente en autos, júzgase pertinente mantener la Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 28/04/2017 Firmado por: P.D.H., JUEZ...

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