Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 9 de Junio de 2015, expediente COM 025087/2013

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 25087/2013/CA1 FIANZAS Y CREDITO COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. C/ MULET CONSTRUCCIONES ELECTROMECANICAS S.R.L.

S/ ORDINARIO.

Buenos Aires, 9 de junio de 2015.

  1. La demandada apeló subsidiariamente el pronunciamiento de fs. 303, mediante el cual la jueza de primera instancia supeditó el dictado de la sentencia hasta tanto sea cumplido el traslado de la documental acompañada en fs. 275 por su contraparte.

    Su recurso de fs. 305/307 fue contestado en fs. 312/313 y concedido en fs. 315, punto 5.(a).

  2. Como regla general, las resoluciones sobre producción, denegación y sustanciación de pruebas resultan inapelables (art. 379, Cpr.), salvo que medien circunstancias de excepción que trasciendan el mero aspecto probatorio y afecten de modo directo el derecho de defensa de las partes (conf.

    arg. CNCom., S.A., 24.6.08, “Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo S.P.L.. c/Excelsitas S.A. s/ejecutivo s/queja”); lo que no acontece en autos, pues aún no ha mediado valoración judicial alguna sobre la documental acompañada por la actora; labor que eventualmente podrá ser revisada por este Tribunal en caso de mediar recurso específico al respecto en la oportunidad legal pertinente (esta Sala, 7.12.14, “Banco Santander Río S.A. c/Martínez Canter, L. s/ejecutivo”).

    Siendo ello así, es claro que el recurso de fs. 305/307 -dirigido a obtener el desglose de la documental anejada por la actora y la...

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