Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 4 de Junio de 2020, expediente FBB 015496/2018/CA001

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 15496/2018/CA1 – S.I.–.S.. Previsional Bahía Blanca, 4 de junio de 2020.

VISTO: El expediente nro. FBB 15496/2018/CA1, caratulado: “FETTER, A.N.,

c/ A., s/ Reajustes varios”, originario del Juzgado Federal n ro. 2 de la sede, vuelto al acuerdo en

virtud del recurso extraordinario deducido a fs. 109/123 v. contra la sentencia de fs. 105/107; y CONSIDERANDO:

El remedio extraordinario intentado por la demandada lo ha sido contra la

sentencia de fs. 105/107 fundada en lo resuelto por la CSJN en los precedentes “Elliff” (Fallos:

332:1914), “V.” (Fallos: 307:274), “Makler” (M.427.XXXVI), “G., M.I.” (FPA

7789/2015/CS1CA1) y “B., Lucio Orlando” (CSS 42272/2012/CS1CA1).

Cuando, como en el caso, la cuestión ya ha sido decidida por la CSJN en un

sentido contrario al recurrente sin haberse ensayado otros argumentos distintos, la cuestión ha

devenido en insustancial.

Debe tenerse presente que la resolución nro. 203/2016, dictada por A., y el

decreto nro. 807/2016, instruyeron a los letrados apoderados del organismo a consentir las sentencias

de segunda instancia que respondan a casos que ya cuentan con criterios consolidados de la CSJN,

y abstenerse de interponer recursos extraordinarios, o desistir de los ya interpuestos, a fin de...

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