FERRERI, BETINA ALEJANDRA c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DEL SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS - POLICIA FEDERAL ARGENTINA, s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Fecha06 Junio 2023
Número de expedienteCAF 010960/2020/CA001 - CA002

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA I

10960/2020 “F.B.A. c/ Estado Nacional – Ministerio de Seguridad y Derechos Humanos – Policía Federal Argentina s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg” [Juzgado n° 5]

En Buenos Aires, a los 6 días del mes de junio del año 2023, reunida en acuerdo la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para dictar sentencia en los autos “F.B.A. c/ Estado Nacional – Ministerio de Seguridad y Derechos Humanos – Policía Federal Argentina s/

personal militar y civil de las FFAA y de Seg”,

El juez R.E.F. dijo:

I.B.A.F. promovió una demanda contra el Estado Nacional, Ministerio de Seguridad y Derechos Humanos,

Policía Federal Argentina, que tiene por objeto:

  1. La declaración de nulidad de:

    (i) La resolución de la junta de calificaciones nº 1 que la declaró

    como “PRESCINDIBLE PARA EL SERVICIO EFECTIVO”.

    (ii) La resolución 644/2019 dictada por el jefe de la Policía Federal Argentina que dispuso su “retiro obligatorio”.

  2. El “[r]eintegro al servicio efectivo con los alcances del artículo 47, inciso a) de la ley 21.965, con asignación de cargo y funciones”.

  3. El “[r]econocimiento de las diferencias salariales no percibidas motivadas por el pase a retiro obligatorio”.

    1. La sentencia de primera instancia admitió la demanda, con costas.

      Para así decidir, sostuvo:

      i. “[A]siste razón a la parte actora en relación a que los fundamentos esgrimidos por la Junta de Calificaciones para declararla Fecha de firma: 06/06/2023

      Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

      Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA 1

      Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

      prescindible para el servicio efectivo en base a: ‘Sanción disciplinaria en la carrera y Naturaleza y Carácter de la misma’ resultan inespecíficos, toda vez que la propia accionada reconoce que la única sanción disciplinaria impuesta a la accionante […] fue una sanción de 2 días de arresto […] imposibilitando que aquella justifique fundada y objetivamente la pérdida de confianza a la que aludió la Junta de Calificaciones al hacer referencia a ‘Fallas en el factor profesional que denotan su no sujeción al régimen imperante en la Institución”.

      ii. “[E]n relación al fundamento esgrimido por la Junta de Calificaciones de ‘Hallarse investigada su conducta en actuaciones administrativas’ y ‘H. investigada en una causa judicial. Se le asigna la presente calificación con prescindencia del resultado final de las causas judicial y administrativa que se le siguen’, cabe señalar que resulta cuanto menos insuficiente, toda vez que no hacen mención a qué actuaciones y de qué índole refieren específicamente”.

      iii. Del sumario administrativo caratulado “Esclarecimiento del Hecho y de C. el Juzgamiento de la Conducta de sus Responsable” surge que “la actora resultó sobreseída de los cargos que se le endilgaban”.

      iv. “[R]especto al fundamento de hallarse investigada en una causa judicial, ha sido acreditado […] que sobre la accionante no se efectuó formal imputación en el expte. 4020/18 caratulado ‘P.J.L. y otros s/ averiguación de delito’”.

      v. “[L]os motivos enumerados en la resolución que declaró a la actora como prescindible para el servicio efectivo, resultan indefinidos e inexactos, y por ende, insuficientes para satisfacer los requisitos exigidos para el dictado de un acto administrativo válido”.

      vi. Corresponde la reincorporación de la actora “en el mismo grado y escalafón jerárquico en el que revistaba con anterioridad al dictado de las resoluciones [...] cuestionadas”.

      Fecha de firma: 06/06/2023

      Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

      Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA 2

      Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

      Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

      SALA I

      10960/2020 “F.B.A. c/ Estado Nacional – Ministerio de Seguridad y Derechos Humanos – Policía Federal Argentina s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg” [Juzgado n° 5]

      vii. No corresponde “el pago de las remuneraciones por funciones no desempeñadas”.

    2. La parte demandada apeló y expresó agravios que fueron replicados.

      Las críticas pueden sintetizarse del siguiente modo:

      i. “[L]as resoluciones declaradas nulas no resultan de ningún modo arbitrarias y/o infundadas”.

      ii. “[L]os motivos que fueron considerados por el a quo como ‘indefinidos’ e ‘inexactos’, se encuentran debidamente individualizados y fundados”.

      iii. “[E]l juez de grado para el dictado de la nulidad sostiene erradamente que la actora ‘resultó sobreseída de los cargos que se le endilgaban’” en el sumario administrativo.

      iv. La documentación acompañada por la actora “no resulta ser la resolución de dichos sumarios, sino que configuran el informe establecido en el artículo 652 del Decreto 1866 el cual establece [que]

      ‘concluido el sumario, el instructor expondrá el resultado en un informe, que elevará junto con las actuaciones al funcionario que ordenó la instrucción’”.

      v. “[E]n el supuesto de existir una resolución administrativa de sobreseimiento tampoco debe ser considerado como motivo para declarar la nulidad de las resoluciones impugnadas, toda vez que la resolución de la Junta de Calificaciones que la declaró ‘Prescindible para el Servicio Efectivo’ dice claramente […] que ‘Se le asigna la presente calificación con prescindencia del resultado final de las causas judicial y administrativa que se le siguen’”.

      Fecha de firma: 06/06/2023

      Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

      Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA 3

      Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

      vi. “[L]a Junta de Calificaciones evalúa al personal en un determinado momento, y debe emitir su resolución en base a la información con la que cuenta en ese momento”.

      vii. “Si bien surge que la actora no fue objeto de imputación formal alguna en la causa penal Nº 4020/18, ello no obsta a que la conducta de la misma haya sido investigada al momento del dictado del acto por parte de la Junta de Calificaciones”.

      viii. “[L]a Junta de Calificaciones […] emitió su resolución [en el] momento en que se encontraban en trámite tanto las actuaciones administrativas como las actuaciones penales”.

      ix. “[L]os motivos que surge de la resolución [declarada] nula por falta de motivación, realmente existían al momento en que se expidió la Junta”.

    3. Es útil y conveniente enunciar los siguientes datos que surgen de las actuaciones administrativas.

  4. La junta de calificaciones n° 1 declaró a la actora “prescindible para el servicio efectivo”, de acuerdo con el artículo 323, inciso ‘c’, del decreto 1866/1983, en razón de “Sanción disciplinaria en la carrera. Naturaleza y carácter de la misma. Hallarse investigada su conducta en actuaciones administrativas. Hallarse investigada en causa judicial. Se le asigna la presente calificación con prescindencia del resultado final de las causas -judicial y administrativa- que se le siguen [...] Fallas en el factor profesional que denotan su no sujeción al régimen general imperante en la Institución.

    Dicho cuadro de situación incide profundamente en la confianza que la Repartición ha puesto en el tratado, tornándose inviable su continuidad”.

  5. El jefe de la Policía Federal Argentina no hizo lugar al pedido de reconsideración efectuado por la actora “por no surgir Fecha de firma: 06/06/2023

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA 4

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

    SALA I

    10960/2020 “F.B.A. c/ Estado Nacional – Ministerio de Seguridad y Derechos Humanos – Policía Federal Argentina s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg” [Juzgado n° 5]

    nuevos elementos de juicio [...] que permitan variar el criterio que determinara la calificación de la cual se agravia”.

  6. El jefe de la Policía Federal Argentina dictó la resolución 644/2019 en los términos siguientes: la actora “fue declarad[a]

    ‘PRESCINDIBLE PARA EL SERVICIO EFECTIVO’, conforme a lo normado en el artículo 323, inciso c), del Decreto 1866/83 [...]

    dejando constancia que se halla afectada al Sumario Administrativo N° 465-18-002.440-17, el cual [...] fue anexado al Sumario Administrativo N°...

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