Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 6 de Agosto de 2021, expediente Rl 126691

PresidenteSoria-Genoud-Kogan-Torres
Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2021
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

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FERRELLI HERNAN MAXIMILIANO C/ LOYDIS S.A. S/ DESPIDO.

AUTOS Y VISTOS:

  1. El Tribunal de Trabajo n° 2 del Departamento Judicial de Mar del Plata hizo lugar parcialmente a la demanda promovida por H.M.F. contra Loydis S.A. en concepto de indemnización por despido y otros rubros de linaje laboral (v. fs. 383/400).

    Para así decir, en lo que resulta materia de agravio, y tras valorar en conciencia la prueba producida, juzgó que la mejor remuneración, a partir de la cual estableció la cuantía de los conceptos por los que prosperó la demanda, resultó la determinada por el perito contador en su dictamen.

  2. Frente a lo así resuelto, la legitimada activa interpone recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. presentación electrónica de fecha 8-X-2019), concedido por el órgano de grado, a fs. 427 y vta., en el marco de la excepción prevista en el art. 55 primer párrafoin finede la ley 11.653.

    En su presentación relata los antecedentes, individualiza las normas, denuncia absurdo y la doctrina legal que considera conculcadas.

    En lo esencial, cuestiona la base de cálculo que utilizó el sentenciante para cuantificar los rubros respecto de los cuales progresó la demanda.

    Por otro lado, se agravia en relación a la determinación de la indemnización por clientela, en la que el juzgador omitió computar el preaviso y la integración del mes de despido.

  3. El recurso no puede prosperar.

    III.1. L., se impone observar que, habiendo sido concedido el remedio procesal en examen en el marco de la excepción prevista en el art. 55 primer párrafoin finede la ley 11.653, por juzgar ela quoinsuficiente el monto de lo cuestionado, la competencia revisora de esta Corte ha de quedar circunscripta a verificar si lo resuelto en el fallo en crisis se contrapone con la doctrina cuya vulneración se invoca (causas L. 124.888, "Ciganda", resol. de 24-XI-2020; L. 125.052, "B., resol. de 30-XI-2020 y L. 125.864, "C., resol. de 21-XII-2020), hipótesis que se configura cuando esta Suprema Corte ha establecido la interpretación de las normas que rigen la relación sustancial debatida en una determinada controversia y el fallo recurrido la transgrede en un caso similar (causas L. 125.416, "T., resol. de 30-XI-2020; L. 126.157, "B., resol. de 9-XII-2020 y L. 125.435, "E., resol. de 21-XII-2020).

    III.2. En ese contexto, respecto del primer agravio planteado, la exclusión de la excepción contenida en la norma del régimen procesal laboral se impone nítida, por cuanto...

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