Diaz Ferreira Alfredo Eduardo S/pta Inf. Art 277 del C.P.

Fecha de la disposición 6 de Junio de 2011

Lunes 6 de junio de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.164 55

San MartÃn, 3 de mayo de 2011.

Ariel F. Marsimian, secretario.

e. 02/06/2011 N'º63487/11 v. 08/06/2011 %@% JUZGADOS FEDERALES EN LO CRIMINALY CORRECCIONAL LOMAS DE ZAMORA BUENOS AIRES N'º 1

El juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N'º1 de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Alberto P. Santa Marina, SecretarÃa N'º1 del suscripto, cita y emplaza al imputado Richard Noriega Orbegozo, DNI Peruano N'º 44.328.391, a comparecer al Tribunal, dentro el término de tres (3) dÃas desde la última publicación, con el objeto de recibirle declaración indagatoria (art. 294 del C.P.P.N.), en orden al delito previsto y reprimido por el art. 31, inc. “c”, de la Ley 22.362, en el marco de la causa N'º8.273, caratulada “Act. Inst. por Pta. Inf. Ley 22.362”; bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su detención en caso de incomparecencia.

Secretaria N'º1, 18 de mayo de 2011.

Augusto Peloso, secretario federal.

e. 02/06/2011 N'º63468/11 v. 08/06/2011 %@% N'º 2

Por ante este Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional nro 2 de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Carlos Alberto Ferreiro Pella, sito en la calle Laprida nro 662, de la localidad de Lomas de Zamora, SecretarÃa nro 6, a cargo del Dr. José Luis D’Abondio, tramita la causa nro 6224, caratulada de “Diaz Ferreira Alfredo Eduardo S/pta inf art 277 del C.P.”, en la que se resolvió Notificar a Diaz Ferreira Alfredo Eduardo, de nacionalidad uruguaya, ultimo domicilio conocido en la calle Guamini 2747 de la localidad de Ingeniero Budge, titular de la cedula de identidad uruguaya nro.

3.441.48/9, nacido el dÃa 2 de diciembre de 1960, en la República Oriental del Uruguay, hijo de Juan Maria DÃaz y Magdalena Ferreira, que deberá comparecer a la sede de estos estrados, a fin de prestar declaración indagatoria, en el marco de la presente causa y en orden al delito previsto y reprimido por el artÃculo 277 inciso 1 apartado “C” agravado por el inciso 3 apartado “b” del Código Penal de la Nación, conforme lo normado por el art. 294 del C.P.P.N, dentro del quinto dÃa a contar desde la última publicación, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde y ordenar su captura (art.

288, 289 y c.c. del C.P.P.N), poniendo además en conocimiento del mismo, el hecho que se le atribuye: haber actuado con animo de lucro, descripto este como la acción de utilizar un bien en beneficio propio proveniente de un hecho ilÃcito y que se le atribuye a DÃaz Ferreira Alfredo Eduardo toda vez que el 18 de enero de 2010, en circunstancias en que personal policial de la ComisarÃa 9na de Villa Caraza de la localidad de Lomas de Zamora, se encontraba recorriendo el radio de la jurisdicción, al llegar a la calle Tagle de esta localidad, observan el desplazamiento de una motocicleta la cual no...

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