Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 30 de Diciembre de 2021, expediente COM 014815/2021/CA001

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala E

14815 / 2021 FERRAZZANO, R.C. Y OTROS c/ ALTOS DE LOS POLVORINES S.A. Y OTROS s/MEDIDA

PRECAUTORIA

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

14815 / 2021 FERRAZZANO, R.C. Y OTROS c/ ALTOS

DE LOS POLVORINES S.A. Y OTROS s/MEDIDA PRECAUTORIA

Juzg. 10 S.. 19

Buenos Aires, de diciembre de 2021.-

Y VISTOS:

  1. M.G.T. apeló la resolución de fs. 86 en la que se rechazó su pretensión cautelar.

    Fundó sus agravios en fs. 89/109.

  2. La recurrente, junto a R.F. y L.R.T., acumuló la acción de impugnación de algunas de las decisiones asamblearia adoptadas en la Asamblea General del 14.12.20 de Alto de los Polvorines S.A., con la de remoción de los directores de dicha sociedad (LGS: 256).

    En el marco de esas demandas solicitaron como medidas cautelares la suspensión provisoria de ciertas decisiones asamblearias (LSG: 252) y la intervención judicial del órgano de administración (LGS:

    113 y siguientes), las que fueron desestimadas por la jueza de grado.

    Fecha de firma: 30/12/2021

    Alta en sistema: 04/01/2022 Expte. N° 14815 / 2021

    Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA

    14815 / 2021 FERRAZZANO, R.C. Y OTROS c/ ALTOS DE LOS POLVORINES S.A. Y OTROS s/MEDIDA

    PRECAUTORIA

    a) Suspensión provisoria de las decisiones asamblearias:

    La entidad demandada, de la cual las actoras son socias, fue constituida como sociedad anónima en los términos del art. 3 de la ley de sociedades y bajo ese ropaje jurídico administra un club de campo conocido bajo el nombre de “San Jorge Village”.

    Las quejosas impugnaron en los términos de la LGS: 251 las decisiones adoptadas al tratar los puntos 4°, 5° y 6° del orden del día.

    Los temas impugnados son: a) la consideración de la documentación prescripta por la LGS:

    234: 1 correspondientes al ejercicio económico cerrado el 30 de junio de 2020 y del destino de los resultados (punto 4to) y b) la consideración de la gestión del directorio y de la sindicatura durante el mismo ejercicio (puntos 5to y 6to).

    Este tribunal ya intervino en la revisión de un pronunciamiento cautelar similar dentro de una acción promovida por V.A. De Tomasso contra la misma sociedad aquí demandada en la que se impugnaron las decisiones adoptadas en la Asamblea General Ordinaria del 27.11.18 en la cual se plantearon muchos de los temas aquí propuestos (v. resolución del 12.10.21 en autos “De Tommaso V.A. y otros c/ Altos de Los Polvorines S.A. s/ Ordinario s/ Incidente CPr:: 250”).

    También tomó decisión reciente en análogo aspecto cautelar en otra demanda deducida por M.G.T. y R.F. contra la misma sociedad en que se impugnaron decisiones asamblearias Fecha de firma: 30/12/2021

    Expte. N° 14815 / 2021

    Alta en sistema: 04/01/2022

    Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA

    14815 / 2021 FERRAZZANO, R.C. Y OTROS c/ ALTOS DE LOS POLVORINES S.A. Y OTROS s/MEDIDA

    PRECAUTORIA

    adoptadas en la Asamblea del 27.11.19 y se solicitó la acción de responsabilidad y remoción de los...

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