FERNANDEZ VILLA Jorge Hernan s/ quiebra

Fecha de la disposición14 de Febrero de 2014

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 23

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23, Secretaría Nº 46, a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.B. Capital Federal, avisa cinco días en autos: “FERNANDEZ VILLA JORGE HERNAN s/quiebra s/Concurso Especial (POR ABN AMRO BANK NV) Expte. Nº 59793, CUIT 20-10535192-6, que el martillero Miguel Carrera Baliero, Tel. 4372-1012, CUIT Nº 20-10965171-1. Rematará el 12 de MARZO de 2014 a las 10:15 hs en punto, en la Dirección de Subastas Judiciales, sita en la calle Jean Jaures 545 Cap. Fed. los inmuebles ubicados en el Cuartel Primero del partido de Moreno, Provincia de Buenos Aires, fracción denominada Barrio Parque Casco Salas, identificado como lotes “B” y “C” de la Mazana “F”, datos catastrales: circunscripción I, Sección E, Manzana 317, Parcelas 13ª y 14ª, Partidas 31450 y 31451, matrículas 26864 y 26865. Ubicadas en la calle De La Vega 1391 esq. J.J. Paso, con entrada vehicular sobre la calle J.J. Paso, compuesta por los dos terrenos con edificación de una casa sobre la línea Municipal con porche de entrada, living, comedor, toilette, cuatro dormitorios, un baño, una suite con baño, comedor diario y cocina, galería de aproximadamente 140 m2, pileta de natación de aproximadamente 40 m2, garaje y jardín. El estado general de conservación es regular, faltan terminaciones de construcción en baños y pisos en cemento. La señora Norma María Jaquet Coronel D.N.I. Nº 94.334.985 manifestó ocupar el inmueble junto a su esposo y una hija menor de edad, en forma gratuita sin título alguno. Al contado y mejor postor. BASE $ 640.000.- SEÑA 20 %; COMISION 3 % más I.V.A., ARANCEL C.S.J.N. 0,25%; SELLADO de ley, todo sobre el precio de venta a cargo del comprador en dinero en efectivo en el acto de la subasta. El comprador deberá constituir domicilio en la Capital Federal y depositar en el Banco de la Nacion Argentina-Suc. Tribunales- a la orden del Tribunal el saldo de precio dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por los art. 580 y 584 CPCC, aún si se hubiera planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta. Mas en el caso de que no lo hiciere, y fueran...

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