Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 11 de Abril de 2019, expediente CAF 003820/2005/CA003

Fecha de Resolución11 de Abril de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 3820/2005 F.R.J. Y OTRO c/ EN-(SIDE)-

RESOL 17/00-CESANTIA- s/EMPLEO PUBLICO Juzg. 12 Buenos Aires, de abril de 2019.- MAR Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la parte demandada apeló la resolución de fs. 507/508, por la que la señora jueza del juzgado n° 12 desestimó el planteo de nulidad formulado e impuso las costas por su orden.

    Para así decidir sostuvo que “no puede el nulidicente demostrar un agravio concreto a su derecho de defensa y debido proceso, si en definitiva, lo que pretende es que no se posibilite la producción de una prueba que, más allá de su alcance y validez, se encontraba en sede de la demandada, pero de sus propias alegaciones se desprende que el expte. N° 419/2000 se hallaba tramitando ante la Procuración del Tesoro de la Nación (ver fs. 479), por lo que se veía imposibilitado de remitirlo, y en definitiva, ha sido acompañado por la actora una vez que tuvo la posibilidad de presentarla en autos”.

    Concluyó que “en función del principio de amplitud probatoria y de conformidad con las facultades establecidas por el art. 36 del CPCCN, sus quejas, en realidad, reflejan su disconformidad con el criterio aquí adoptado, en especial, teniendo en cuenta que también cuestiona la orden de libramiento del oficio a la Procuración del Tesoro de la Nación, pero no traducen una crítica concreta y circunstanciada de la decisión en el aspecto que se examina”.

  2. Que en el memorial de fs. 519/522, replicado por la parte actora a fs. 524, el recurrente se agravia, en lo sustancial, de que “en la ampliación de demanda, la actora no ofreció como prueba documental las copias digitales (Expte. 419/2000), sino que en el acápite PRUEBA ofreció el expediente en cuestión como prueba en poder de la demandada” y, de que “la resolución del A quo […] resulta desajustado a Fecha de firma: 11/04/2019 Alta en sistema: 12/04/2019 Firmado por: DR. FACIO - DRA. HEILAND - LICENCIA DRA. DO PICO, JUECES DE...

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