FERNANDEZ RIGHETTI, JAVIER PABLO c/ HOLLYWOOD BREW PUB SRL Y OTRO s/EJECUCION DE ALQUILERES

Fecha06 Junio 2022
Número de expedienteCIV 011705/2020/CA001

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B

11705/2020

F.R., J.P. c/ HOLLYWOOD

BREW PUB SRL Y OTRO s/EJECUCION DE ALQUILERES

Buenos Aires, de junio de 2022.-

Por recibidos digitalmente.-

Autos y vistos:

  1. Contra la sentencia de trance y remate fecha 3 de marzo de 2022 interponen recurso de apelación las ejecutadas.

    J.A.V. y Hollywood Brew SRL, fundaron sus respectivos recursos que fueron oportunamente respondidos por la ejecutante.

  2. solicita se revoque el fallo, con costas. Sustancialmente explica que el locatario remitió en agosto de 2019 una CD al locador manifestando su voluntad de rescindir el contrato celebrado el 29 de febrero de 2016, como antes lo había efectuado en el mes de mayo de ese año, y lo convocó para hacer entrega del inmueble libre de efectos y ocupantes, así como de sus llaves. Frente a ello, continúa, F.R. guardó silencio y no se opuso a la rescisión anticipada prevista en la cláusula décima del contrato. Refiere, detallando diversas actuaciones -incluso del expediente 89.916/21, que la conducta desplegada por el ejecutante es contraria a la buena fe en la interpretación y cumplimiento del contrato. Todo ello, sostiene, lo habilita a plantear las excepciones de falsedad e inhabilidad del título,

    dado que la cosa se devolvió de acuerdo a lo convenido y se fijó una fecha para la entrega; reconoce que frente a la incomparecencia del locador a la puerta del inmueble el día 20 de agosto de 2019 a las 17

    horas debía haber efectuado la consignación judicial de las llaves, sin embargo frente a la rescisión unilateral de la locataria del ejecutante Fecha de firma: 06/06/2022

    Firmado por: C.R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.F.M., JUEZA DE CAMARA

    debió haber prestado una colaboración activa en el cumplimiento de sus obligaciones y evitar gastos innecesarios.

    Hollywood Brew SRL, por su parte, refiere que se trata de una fundamentación aparente la efectuada por el Juez a quo, pues se desentiende de las cuestiones planteadas por las partes. Explica que el bien dado en locación, no pudo ser explotado en el plazo convenido,

    dado que se frustraron sus fines a raíz de la falta de planos por parte del ejecutante, lo que no permitió la aprobación de la habilitación,

    generó su clausura y numerosos trámites para poder obtener el levantamiento de la clausura. Refiere que demoró 11 meses intentando obtener permisos para realizar las mejoras acordadas en el contrato y luego de comenzadas las reformas, con el aviso de obra, pero sin obtener el permiso por la falta de planos, se dispuso la clausura del inmueble; esto duró 14 meses. Finalmente, el establecimiento comercial, concluye, pudo funcionar 9 meses, ya sin restos económicos, con deudas, y debiendo afrontar un cierre precipitado,

    todo por exclusiva responsabilidad del aquí ejecutante. Por no poder continuar con la explotación del negocio por el tiempo transcurrido,

    intimó al locador a recibir las llaves del local. F.R. nunca se presentó a recibirlas. Por esa razón fueron consignadas en autos.

    Señala que las otras defensas fueron desestimadas en forma conjunta y con un rigorismo formal absoluto. Afirma que se explicitaron las razones por las cuales no existía deuda, que había dejado de existir el contrato por la frustración generada por la propia conducta observada por el ejecutante al dilatar en el tiempo la entrega de los planos para la habilitación del local, pese a haberlo arrendado como apto para esos fines poniendo a cargo del locatario los trámites para...

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