Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 28 de Junio de 2019, expediente CNT 056581/2013/CA001

Fecha de Resolución28 de Junio de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO SALA I SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 93741 CAUSA NRO. 56581/2013 AUTOS: “FERNANDEZ OSCAR GUSTAVO C/ JOCKEY CLUB ASOC. CIVIL S/

DESPIDO”

JUZGADO NRO. 37 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de JUNIO de 2.019, reunida la S. Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La D.M.C.H. dijo:

  1. La sentencia de fs. 301/305 ha sido apelada por la parte demandada a fs.306/359, escrito que mereció oportuna réplica de su contraria a fs. 361/405.

  2. La demandada se queja porque se receptaron los principales argumentos esbozados en la demanda y por ello, en virtud de lo normado por los arts.

    22 y 23 LCT, se admitió la existencia de un vínculo dependiente. Advierte un contexto fáctico ignorado por el fallo apelado, cuestiona la valoración de la prueba testimonial que condujo a la Sra. Magistrada que me precede a concluir que entre las partes hubo una relación de trabajo subordinado, reseña jurisprudencia que considera pertinente y manifiesta la inadecuada situación de despido indirecto en la que se colocó el trabajador. Cuestiona el importe del salario admitido.

  3. El actor sostuvo en el inicio que se desempeñaba los días martes, jueves, sábados y domingos de 06.00 a 14.00 hs. en la sede de la demandada ubicada en la localidad de San Isidro y que, desde abril de 1995, fue contratado para llevar los palos de golf de los socios que practicaban a ese deporte. Expresó que el “master caddie” (quien podría graficarse como el superior de los caddies y dependiente de la demandada) le imponía arreglar los pozos de las canchas –especialmente en los greens- y limpiar cualquier suciedad que hayan podido dejar los jugadores del turno anterior (fs.4/5), por lo que percibía una remuneración de $3.200 sin registrar que según sus afirmaciones le era abonada por la demandada (fs. 7 vta.). No obstante, luego señaló que su remuneración se componía exclusivamente por la tarifa que abonaba cada socio después de dar la vuelta al campo de golf pero que era impuesta por la demandada. Intimó por la regularización del vínculo que invoca el 03.07.2013 y, ante la falta de satisfactoria respuesta, se consideró despedido el 15.07.2013.

    La demandada, a su turno, desconoció la existencia de vínculo alguno con el demandante, aunque expresó, a fs. 53, que el actor estuvo entre las personas que con regularidad solicitaban ingreso a la institución para actuar como caddies de los socios durante un período de tiempo acotado, que no pudo precisar pero que de seguro no se compadece con el expresado en la demanda.

    En síntesis y en lo sustancial, desconoció la relación que invocara el actor, Fecha de firma: 28/06/2019 a la par que explicó la forma en la que se desenvuelve la actividad deportiva en el Firmado por: M.V.M.C., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: M.C.H., JUEZA DE CAMARA Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA (SUBROGANTE)

    Expresada tal prieta síntesis de los hechos relevantes de la causa y a fin de examinar los términos en que ha sido planteado el presente debate, me adentraré

    en las alegaciones del actor en su escrito inicial.

    El Sr. F. afirmó haber comenzado a trabajar a las órdenes de la demandada el 4 de abril de 1995; que esa relación quedó rescindida el 15 de julio de 2013; que la demandada construyó dos canchas de golf sobre Av. M. 504 de la localidad de San Isidro, y que ese era el lugar donde prestaba tareas; que la demandada –tras una rotación de horarios- le impuso una jornada los días martes, jueves, sábados y domingos desde las 6:00 hasta las 14:00 hs; que el personal de seguridad registraba su ingreso, para que luego el “master caddie” le asignara tareas y las salidas a la cancha; que si no cumplía con el horario era sancionado con la no asignación de tareas de salir a la cancha (fs. 14), y que hasta que se le indicaran las salidas a la cancha debía arreglar y limpiar las canchas de golf.

    En materia...

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