Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA H, 5 de Noviembre de 2014, expediente CIV 054984/2010/CA001

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2014
EmisorSALA H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H “F.M., M.G. c/R. de A., M.J.R.; s/ prescripción adquisitiva. Ordinario”. Juzgado n° 31 E.. nº 54.984/2010 En Buenos Aires, a días del mes de octubre del año 2014, hallándose reunidos los señores Jueces integrantes de la Sala “H” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a los efectos de dictar sentencia en los autos: “F.M., M.G. c/R. de A., M.J.R.; s/ prescripción adquisitiva. Ordinario” y habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden de sorteo de estudio, la Dra. A. de B. dijo:

I- Vienen los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación interpuesto por la actora contra la sentencia de grado que rechazó

la demanda de usucapión interpuesta contra J.R.M.R. de A.. A fs. 182/9 expresa agravios la accionante, los que no fueron contestados por la contraria.

La actora se agravia por los fundamentos de la Magistrada para decidir como lo hizo. Puntualmente centra sus quejas en que la a quo expresó que existió una deficiente citación del demandado a juicio; porque no valoró adecuadamente la declaración de los testigos, ni los pagos de impuestos ofrecidos como documental, y menos la prueba informativa al Ministerio del Interior y Policía Federal Argentina.

II-Encuadre jurídico de la usucapión. Requisitos.

Antes de profundizar los argumentos de la pieza recursiva, considero apropiado recordar los fundamentos del instituto que permitiría a la actora la adquisición del dominio del inmueble sito en la calle Campana 2367/9, C..

Es objeto de debate los efectos de la pretendida posesión animus domini de la actora frente al derecho real de dominio de la accionada, en tanto la primera pretende adquirirlo por usucapión.

Cabe señalar que el art. 3948 del Código Civil define la prescripción adquisitiva como "un derecho por el cual el poseedor de una Fecha de firma: 05/11/2014 Firmado por: S.P., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA cosa inmueble adquiere la propiedad de ella por la continuación de la posesión, durante el tiempo fijado por la ley", o sea que es un modo de adquirir el dominio.

La usucapión o prescripción adquisitiva de dominio es una situación jurídica que consiste en reconocer como propietario de un inmueble a aquél que lo ocupe, utilizándolo como si fuera el dueño durante el plazo que la misma ley fija. Es un modo de consolidar una adquisición hecha por la posesión durante el tiempo y con los requisitos exigidos por la ley. El fundamento de este...

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