Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 31 de Marzo de 2021, expediente CCF 002156/2016/CA002
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2021 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I
CCF 2156/2016 “F.M.M. y otros c/
ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE SEGURIDAD
GENDARMERÍA NACIONAL s/ accidente en el ámbito militar y
fuerzas de seguridad”.
Juzgado n° 4
Secretaria n° 8
En Buenos Aires, a los 31 días del mes de marzo de 2021, se reúnen
los Jueces de la S. I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y
Comercial Federal para dictar sentencia en los autos referidos en el
encabezamiento; de conformidad con el orden del sorteo efectuado, el juez
G.A.A. dijo:
I.M.M.F., N.d.R.T., Mirta
del Valle C., R.O.D., N.S.M.,
R.C.P., E.V., R.L.P., Laura
G. y C.J.F. todos ellos padres de agentes de la
Gendarmería Nacional Argentina fallecidos el 14 de diciembre de 2015
demandaron al Estado Nacional por la indemnización de la muerte de sus
hijos cuyo monto estimaron, en conjunto, en $ 6.000.000. Seguidamente, el
relato que dieron en el escrito introductorio de la instancia.
El 13 de diciembre de 2015 ciento cincuenta gendarmes de
distinto grado partieron desde el Destacamento Móvil 5 de Gendarmería
Nacional Argentina (“GNA”) ubicado en Santiago del Estero hacia a la
ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, con el objeto de
reforzar la seguridad en esa localidad frente a posibles disturbios. El grupo
fue distribuido en tres ómnibus de la GNA que se dirigieron al destino
señalado a través de la Ruta Nacional N° 34. A eso de las 2:20 hs. del día
14 de diciembre, uno de los ómnibus empezó a cruzar el “puente seco Río
Balboa” que atraviesa el arroyo del mismo nombre y, después de avanzar 40
metros, chocó contra el guardarrail y se desbarrancó cayendo al vacío desde
Fecha de firma: 31/03/2021
Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA
una altura de 25 metros. Como consecuencia de ello, murieron en el acto 41
pasajeros entre los cuales se encontraban los hijos de los actores, salvo el
agente R.O.D. que fue trasladado con vida al Hospital de
Rosario de la Frontera donde falleció horas más tarde.
Con sustento en los hechos descriptos y en los artículos 1716,
1737, 1741, 1745, 1753, 1757, 1758 y 1769 del Código Civil y Comercial la
Nación, los demandantes le endilgaron responsabilidad al Estado Nacional
(“GNA”) en su condición de empleador de los gendarmes y estimaron el
perjuicio de cada uno en $ 600.000 ($ 100.000 por pérdida de chance y $
500.000 por daño moral) con más los intereses y costas del juicio (fs.
36/49).
-
El Estado Nacional opuso excepción de incompetencia y
contestó la demanda pidiendo que se la rechazara.
Aunque reconoció el accidente y los decesos del personal,
negó el derecho de los padres a cobrar la indemnización. Invocó el régimen
específico de la GNA y la consiguiente inaplicabilidad de las normas de
derecho común en virtud de la doctrina adoptada por la Corte Suprema de
Justicia de la Nación en los precedentes “L., “A.” y “Aragón”.
Solicitó la citación de su aseguradora de riesgo de trabajo. Por lo demás,
impugnó los montos reclamados en la demanda y ofreció prueba (fs. 65/72).
A fs. 88/89 el magistrado de primera instancia rechazó la
defensa de incompetencia, con costas. La decisión fue confirmada por esta
S. a fs. 105/106.
-
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA
(“ART”) se presentó y contestó la citación de terceros oponiendo la falta de
legitimación pasiva (fs. 185/198). Cuestionó la procedencia de la pretensión
resarcitoria y, a todo evento, impugnó los rubros y montos reclamados.
-
El juez de primera instancia resolvió, en primer término,
admitir parcialmente la demanda contra el Estado Nacional condenándolo
al pago de $ 2.470.000 con más los intereses previstos en el considerando
Fecha de firma: 31/03/2021
Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I
VI y las costas del juicio.; en segundo término, hizo lugar a la excepción de
falta de legitimación pasiva opuesta por la aseguradora citada, con costas
(fs. 286/295).
Después de tener por probado el vínculo filial de los actores
con las...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba