FERNANDEZ LAYA SOCIEDAD DE BOLSA
Fecha de la disposición | 16 de Abril de 2014 |
FERNANDEZ LAYA SOCIEDAD DE BOLSA
SOCIEDAD ANONIMA
Comunica que por Asamblea Extraordinaria del 30/12/13, resolvió: a) Aumentar el capital a $ 7.770.000 y reformar el art. 5º del Estatuto; b) cambiar su denominación por “Fernandez Laya S.A.” reformando el art. 1 de sus estatutos y asimismo reformar íntegramente sus estatutos de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831, conforme el siguiente detalle: Objeto: a) COMERCIALES: I. De Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la CNV. II. De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes. III. De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, como así también prestar el mencionado servicio de liquidación y compensación de operaciones a otros Agentes de Negociación registrados ante la CNV, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias, de sus clientes y de las obligaciones de los Agentes de Negociación con los que haya firmado un Convenio de Liquidación y Compensación. A fin de llevar a cabo las actividades antes mencionadas, se requerirá estar registrado en la correspondiente categoría ante la CNV. Asimismo, la sociedad podrá solicitar el registro ante el...
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