Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 21 de Marzo de 2018, expediente CIV 083873/2014/CA001

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 83873/2014 FERNANDEZ, G.C. c/ OZUNA, JOSE ARIEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES.

O MUERTE)

J.. 27 M.F.Z.

Buenos Aires, marzo de 2018.- MCK Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I) Contra la resolución de fs.104 en tanto hace lugar al incidente de caducidad de instancia articulado por la demandada a fs. 101 y en consecuencia, declara perimida la instancia, se alza la actora a fs. 105, quien presenta su memorial a fs. 112/113, cuyo traslado fue contestado por la contraria a fs. 115/117.

II) Ante todo, se impone recordar que el Tribunal no se encuentra obligado a seguir a las partes en todos sus argumentos sino sólo en aquéllos que considera conducentes al esclarecimiento del litigio. Es decir que no tiene el deber de tratar todas y cada una de las argumentaciones de las partes, sino tan sólo aquellas que estime que poseen relevancia para sustentar la decisión (Fallos:

258:304; 262:222; 310:267, entre otros).

Por lo tanto, solo abordaremos las cuestiones que consideramos sustanciales y conducentes para decidir el conflicto (CNCiv., S.C., in re “B., M. c/ Marcacchio, D. s/

interdicto”, del 23-10-14; id.id., in re “G., N. c/

G., J. s/ aumento de cuota alimentaria”, del 30-11-

14 y sus citas).

III) El instituto previsto por el artículo 310 del Código Procesal, es uno de los modos de terminación anormal del proceso que tiene Fecha de firma: 21/03/2018 Alta en sistema: 04/04/2018 Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara Firmado por: J.B.F., Juez de Cámara (subrogante)

Firmado por: G.A.I., Juez de Cámara (subrogante)

Acorde con tal criterio la caducidad de la instancia conforma una herramienta que...

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