Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 25 de Febrero de 2019, expediente CNT 064959/2015/CA002
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2019 |
Emisor | CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV |
Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA N° 105486 CAUSA N° 64959/2015
SALA IV “FERNANDEZ, ERICA DE LOS ANGELES C/ PRE-
VENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE-LEY ESPECIAL” JUZGA-
DO N° 4.
En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los 25 días del mes de febrero de 2019 reunidos en la S. de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso interpuesto contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto,
resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación:
La doctora S.E.P.V. dijo:
I) Contra la sentencia de primera instancia (fs. 147/149) se alza la parte demandada a tenor del memorial de agravios que obra a fs.
150/153, replicado a fs. 155/156 por su contraria.
A su vez, la recurrente apela por elevados los honorarios regula-
dos a todos los profesionales intervinientes.
II) Razones de orden metodológico imponen abocarse, en primer término, a los planteos de la aseguradora de riesgos del trabajo en cuan-
to cuestiona que se haya adoptado el porcentaje de incapacidad psicoló-
gica determinado en el informe pericial médico. Sostiene que no se han valorado las impugnaciones presentadas a la pericial médica, a la par que efectúa diversas objeciones acerca de la relación de causalidad de la incapacidad psíquica con el siniestro de autos y cita jurisprudencia pero, por los motivos que seguidamente expondré, considero que no le asiste razón al recurrente.
Pues bien, en relación con el primer tramo de los cuestionamien-
tos, cabe señalar que contrariamente a lo sostenido por la accionada acerca de que la sentenciante habría omitido considerar “… por com-
pleto la impugnación a la pericia médica efectuada por esta parte…”;
en verdad la Sra. Jueza “a quo” manifestó que “… las impugnaciones dirigidas por la demandada –v.fs. 130/131- en relación tanto al por-
centaje otorgado por daño físico, como al daño psíquico, fueron debi-
damente respondidas por la perito, quien…ratificó lo expuesto en su informe pericial, conforme al psicodiagnóstico obrante en autos (v.
consideraciones psicológico legales fs. 115)….” (fs. 147 vta.).
Fecha de firma: 25/02/2019
Alta en sistema: 16/07/2020
Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.G.B., S. #27575841#227769770#20190225114820593
Poder Judicial de la Nación Asimismo, la aseguradora arguye que “…no obran constancias de atención psicológica alguna recibida por el actor…”; sin advertir que, en el caso la perito refirió “…que la actora no haya realizado tra-
tamiento psicológico, no significa que no tenga alteraciones psicológi-
cas…” (fs. 133), lo cual echa por tierra el planteo de la accionada.
Seguidamente, la...
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