Sentencia Interlocutoria de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 18 de Noviembre de 2015, expediente B 73908

PresidenteHitters-Genoud-Kogan-Pettigiani-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2015
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

B.73.908 "FEITO RAUL (INTENDENTE MUNICIPAL DE TRENQUE LAUQUEN) C/ CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN S/ CONFL. ART. 196 CONST. PROV."

La P., 18 de noviembre de 2015.

AUTOS Y VISTO:

El señor juez doctor G. y la señora jueza doctora K., dijeron:

  1. El titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Trenque Lauquen, impugna por la vía reglada en los arts. 261 a 264 del decreto ley 6769/58, la Ordenanza Municipal Nº4401/15, dictada luego de rechazar el veto del Ejecutivo -Decreto 1655/15-, que crea "en la localidad de 30 de Agosto un centro de esterilización quirúrgico como único método de control del crecimiento poblacional de perros y gatos..." (art. 1º), como asimismo dispone distintas medidas y acciones con el objeto de solucionar "uno de los problemas más importantes que atañe a la salubridad pública, producto de la superpoblación de animales en un medio urbano...", por considerar que se han avasallado las facultades que la Ley Orgánica de las Municipalidades y otras normas le confieren.

  2. A fs. 22 el Presidente de esta Suprema Corte dispuso requerir los antecedentes del conflicto.

  3. De las actuaciones remitidas se desprende que el presente es uno de aquellos conflictos cuya decisión la Consitución de la Provincia confía, en forma originaria y exclusiva, a esta Suprema Corte (art. 196, C.. prov.).

    De la presentación efectuada y de la documentación acompañada a la misma, traslado por el término de cinco (5) días al P. delC.D. de la Municipalidad de T.L., a quien se cita para que dentro del aludido término comparezca a estar a derecho y la conteste, con apercibimiento de lo que hubiere lugar (arts. 196, Constitución de la Provincia; 261 y 262, L.O.M.; 59, C.P.C.C.). Notifíquese por cédula.

  4. Agregados los antecedentes solicitados y encontrándose reunidos los presupuestos establecidos en el artículo 261 del decreto ley 6769/1958, suspéndense los efectos de la Ordenanza Municipal Nº 4401/2015, hasta tanto se dicte resolución definitiva en este conflicto (arts. 196, C.. Prov. y 261, siguientes y concordantes del decreto ley 6769/1958; doctr. causa B 63.089 "Municipalidad de Lomas de Zamora", res. del 19-IX-01; B 64.184 "Intendente Municipal de M.", res. del 26-VI-02; B 67.747, “Honorable Concejo Deliberante de O.”, res. del 6-IV-04; B.68.091 “Intendente Municipal de San Martín”, res. 9-XII-04; B.68.108 “Intendente Municipal de General San Martín”, res. del 29-XII-04; B. 68.130, “Int. Municipal de C.. de M.R.”, res. del 23—II—05; B. 68.664, "R.", res. del 7-VI-06; B. 68.725 “Intendente Municipal de San Andrés de Giles”, res. del 7-II-07; B. 69.803 "Intendente Municipal de C. de M.L.R.", res. del 3-IX-08; B. 70.800 "Bolinaga", res. del 3-III-10; B. 72.380 "Fiscal de Estado", res. del 31-VII-13 y B. 73.014 "Intendente Municipal de Carmen de A.", res. del 16-IV-14). Para su cumplimiento, líbrese oficio por Secretaría al Concejo Deliberante de la Municipalidad de T.L., con...

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