Ley 24.400. Creación del Juzgado Federal de Primera Instancia en Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. B.O. 12/12/94

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1. Supresión juzgado nacional ordinario de Río Grande. Suprímese el actual juzgado nacional ordinario del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, con asiento en la ciudad de Río Grande.

2. Creación juzgado federal de primera instancia. Integración. Créase un juzgado federal de primera instancia con asiento en la ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que se denominará Juzgado Federal de Primera Instancia de Río Grande. Este tribunal actuará con tres secretarías.

3. Secretarías. Las tres secretarías del juzgado que se suprime por el artículo 1 pasarán a integrar, con sus respectivas dotaciones, el juzgado que se crea por el artículo 2, una con competencia en materia criminal y correccional, otra en lo penal económico y la última en lo civil, comercial, laboral y contencioso administrativo.

4. Competencia territorial. El Juzgado Federal de Primera Instancia de Río Grande tendrá competencia territorial sobre el departamento de Río Grande.

5. Competencia por materia. El juzgado creado por el artículo 2 entenderá en mate-ria criminal y correccional, civil, comercial, contencioso administrativo y laboral.

6. Alzada. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, será tribunal de alzada y ejercerá la superintendencia del Juzgado creado por el artículo 2 de la presente ley.

7. Causas en trámite. Las causas en trámite ante el actual juzgado nacional ordinario del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, con asiento en la ciudad de Río Grande, serán transferidas en el estado en que se encuentren, al Poder Judicial de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a partir del momento en que se haga efectiva la supresión del juzgado nacional ordinario aludido.

8. Ministerio público. La Fiscalía y la Defensoría de Pobres, Incapaces y Ausentes ante el juzgado suprimido por el artículo 1 actuarán ante el nuevo juzgado federal instituido por el artículo 2.

9. Cargo. Transformación. Transfórmase el actual cargo de juez nacional ordinario del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, con asiento en la ciudad de Río Grande, en cargo de juez federal de primera instancia de Río Grande.

10. Financiamiento. Reasignación de personal. El juzgado que se crea por el artículo 2 y las secretarías asignadas por el artículo 3 del...

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