ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE CLORINDA

Fecha de disposición05 Septiembre 2013
Fecha de publicación17 Septiembre 2013
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta32724

Sección Sumarios, 5/9/2013

—EDICTO - (VISTA DE LEY y FALLO)—

Por tratarse de ciudadanos de nacionalidad extranjera y con residencia en el exterior, dese las Actuaciones que se mencionan se hace saber a las personas nombradas, la fecha del Acto Administrativo, Providencia (Vista de Ley), recaídos en los presentes, como así también el monto de las multas mínimas y el importe de los tributos que deben abonar en cada una de las causas. Asimismo, CORRASE VISTA a quien resulte interesada en éstos actuados, citándolo/a y emplazándolo/a para que en el perentorio término de diez (10) días hábiles administrativos, con más la aplicación por la distancia que prevé el Art. 1.036 del mismo texto legal, se presente a estar a derecho, evacúe su defensa, ofrezca todas las pruebas conducentes de que intentare valerse en un mismo escrito, y fije domicilio en el radio urbano de esta Aduana, bajo apercibimiento de declarárselo REBELDE (Arts. 1001, 1005, 1101 y 1105 del C.A.). Se le hará saber además que el patrocinio letrado resulta obligatorio (1034 del C.A.), y en caso de presentarse a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar la personería invocada en su primera presentación en la forma prevista en el Art. 1.030 del C.A. Asimismo el imputado podrá acogerse a los beneficios que acuerdan los arts. 930/932 del Código Aduanero, debiendo para ello abonar, dentro del plazo mencionado precedentemente, el monto de la multa mínima de ... igual a ... el valor en ... de las mercaderías secuestradas y hacer abandono a favor del estado. Asimismo se le hace saber que el importe de los tributos adeudados que gravan la importación a consumo de la mercadería en trato asciende a la suma de ..., en los términos del Art. 783 del C.A. Dichos importes podrán ser abonados personalmente o de contado en el Banco de la Nación Argentina en pesos al tipo de cambio vendedor del día anterior al de su efectivo pago, mediante la utilización del OM-2132, consignándose en el mismo los números de CUIT/DOCUMENTO Nº 33-69345023-9 en Dupla AFIP/AFIP y efectuar el depósito en la Cuenta Unica Recaudación SIM 3601/48, Código 000. El mismo día de efectuado el depósito se deberá comunicar a esta aduana (Sección Contabilidad) al teléfono (03718) 429-430 o por Fax al (0718) 421-195, para la afectación del pago, indicando el número de Sumario correspondiente. NOTIFIQUESE.

Actuación Nº 12274-185-2011 (SC12-Nº 250/11), S/INF. ART. 987 C.A. Notificación Vista de Ley de fecha...

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