FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. c/ RIEDEL, RODOLFO JULIAN s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION

Fecha19 Mayo 2022
Número de expedienteCIV 025586/2019/CA001
Número de registro25

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

25586/2019 - FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. c/

RIEDEL, R.J. s/INTERRUPCION DE

PRESCRIPCION.

Buenos Aires, de mayo de 2022. PS

Y Vistos. Considerando:

La resolución de fojas digital 236, en virtud de la cual la señora jueza de grado se declaró incompetente para entender en las presentes actuaciones, disponiendo su ulterior remisión a la Justicia Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que se proceda al sorteo del Juzgado que corresponda,

fue recurrida por la actora, quien expuso sus quejas a fojas 339/40,

las que merecieron respuesta a fojas 242/3.

A fojas 249/52 dictaminó el señor Fiscal de Cámara.

Sobre el particular, como se ha dicho en forma reiterada, del juego armónico de los artículos 5°, inciso 4°, del Código Procesal y 118, párrafo segundo, de la ley 17.418, se puede concluir que cuando en una acción de daños y perjuicios el damnificado extiende su acción al asegurador del demandado, puede interponer la demanda en forma facultativa ante el juez del lugar del hecho, el del domicilio del demandado, o el de la compañía aseguradora (conf. esta Sala, “in re” “M., D.D. y otro c/Fernández M.C. y otro s/daños y perjuicios”, expte. N°

9649/2015, del 11-7-16, entre muchos otros, ídem CNCivil, Sala “A”,

E.D. 47-250; íd. Sala “C”, ED 47-269; íd. Sala C, ED 31-218, entre muchos otros).

Fecha de firma: 19/05/2022

Alta en sistema: 20/05/2022

Firmado por: P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA

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